El Poder Judicial, a través del Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo, rechazó la demanda presentada por la Procuraduría del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) contra Cosco Shipping Ports Chancay Perú S.A, con la que se pretendía revocar el derecho exclusivo de la empresa en la prestación de servicios esenciales en el puerto de Chancay.
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A fines de marzo, la Autoridad Portuaria Nacional (APN), representada por la Procuraduría Pública del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC), interpuso una demanda administrativa contenciosa con el fin de anular el acuerdo que concede al consorcio Cosco Shopping la exclusividad en la operación de los servicios fundamentales en el puerto de Chancay. Este acuerdo fue suscrito entre la APN y Cosco el 10 de febrero de 2021.
Según la resolución judicial obtenida por el canal Latina, el Décimo Juzgado Especializado en lo Contencioso Administrativo otorga un lapso de cinco días a la parte demandante para corregir las deficiencias presentes en la demanda. Se advierte que, de no subsanarse dichas deficiencias en el tiempo estipulado, la demanda será rechazada y se ordenará su archivo definitivo.
De acuerdo al documento, para que una demanda sea admitida, debe cumplir con los requisitos generales establecidos en los artículos 424 y 425 del Código Procesal Civil, así como con los requisitos especiales mencionados en el artículo 21 del Texto Único Ordenado de la Ley que regula el Proceso Contencioso Administrativo, Ley 27584, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 011-2019-JUS.
La primera observación del Poder Judicial consiste en requerir que se “precise” la fecha en que se notificó la resolución N.° 0008-2021-APN-DIR, la cual, según lo indicado en el escrito de la demanda, se habría informado el 2 de febrero de 2021; sin embargo, esto parece ilógico dado que dicha resolución tiene fecha posterior.
En la misma línea, el Poder Judicial solicita que se especifique el domicilio de la empresa demandada, con el fin de llevar a cabo “un adecuado emplazamiento”. Asimismo, se les ha requerido un juego de copias de la demanda y sus anexos, a través de la mesa de partes física, para notificar a la empresa demandada.
Además, exigió que se indique si existe otra demanda en otro juzgado que tenga el mismo objeto y los mismos hechos, con el fin de evitar la duplicidad de demandas, y esto será responsabilidad tanto del abogado que firma como de la parte demandante.
Solicitan renuncia del presidente de la APN
El ministro de Transportes y Comunicaciones, Raúl Pérez-Reyes, había anunciado que el Gobierno ha pedido la renuncia del presidente de la Autoridad Portuaria Nacional (ANP), Walter Tapia.
“Lo que se planteó era que el señor (Walter) Tapia no cumplía uno de los requisitos, eso lo que ha provocado es que le solicitemos la renuncia a su cargo. Él ya la presentó y estamos en el proceso de elección del nuevo presidente de la APN. Espero que en los próximos días se publique en El Peruano la resolución de quien ha sido designado ya en un proceso aprobado por el Consejo de Ministros recientemente”, dijo el 5 de abril.