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SBS: Empresas de seguro obligadas a pagar beneficios del SOAT

Deben agotar todos los medios posibles para informarles de todos sus derechos a la indemnización correspondiente. Igual medida se aplicará en casos de las AFOCAT, agrega
SBS: Empresas de seguro obligadas a pagar beneficios del SOAT

Clorinda Flores

Actualizado el 13/02/2018, 07:52 p.m.

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) publicó dos proyectos de circular, en su portal, con disposiciones para que las empresas de seguros y las Asociaciones de Fondos Regionales contra Accidentes de Tránsito (AFOCAT) tomen todas las medidas necesarias para informar sobre las indemnizaciones por muerte no reclamadas, originadas en accidentes de tránsito, cubiertos por el seguro obligatorio de accidentes de tránsito (SOAT) o por el certificado contra accidentes de tránsito (CAT), respectivamente.

Ello, según explica en nota de prensa, para que los beneficiarios ejerzan oportunamente su derecho a la indemnización correspondiente,

Respecto a las comunicaciones directas, que deben realizar las empresas de seguros/AFOCAT, la SBS propone que estas entidades deben agotar todos los medios de notificación directa, utilizando sus propios archivos, o, de lo contrario, el domicilio de Reniec del fallecido o de los beneficiarios, que incluye una notificación debajo de la puerta del domicilio con doble visita.

De no lograr las comunicaciones directas, por desconocimiento del domicilio o por tratarse de un domicilio erróneo o de fallecidos no identificados, se debe optar por las comunicaciones indirectas, a través de publicaciones en medios de comunicación a nivel nacional y regional, utilizando el español así como el idioma predominante en la zona del accidente.

La SBS indica que también se incorpora la exigencia de informar, a través de las páginas web de las empresas /AFOCAT, la relación de personas fallecidas en accidentes de tránsito.

Además, plantea la obligación de la empresa de seguros/AFOCAT de publicar y actualizar la información sobre las indemnizaciones no reclamadas en su página web. Dicha información debe ser actualizada al día 15 y al último día de cada mes, y debe ser publicada dentro de los tres (3) días calendario siguientes al día 15 o último día del mes, según corresponda. La información debe encontrarse en un lugar visible y de fácil acceso al público.

Los proyectos de circular estarán disponibles en la página web de la SBS, para comentarios y sugerencias, hasta el próximo 12 de marzo.

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​La Superintendencia de Banca Seguros y AFP

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SBS: Empresas de seguro obligadas a pagar beneficios del SOAT

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