• Peru Quiosco
  • Política
  • Perú
  • Mundo
  • Deportes
  • Economía
  • Espectáculos
  • Tendencia
  • Videos
Últimas noticias

Facilitarán becas a alumnos de instituciones privadas que perdieron a sus padres por COVID-19

La institución educativa privada debe otorgar una beca al estudiante que este en esta situación, siempre y cuando la solicite y acredite carecer de recursos para cubrir los gastos que devengan de este servicio
La institución educativa privada debe otorgar una beca al estudiante que este en esta situación, siempre y cuando la solicite y acredite carecer de recursos para cubrir los gastos que devengan de este servicio. (Foto: Difusión)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 01/03/2022, 07:00 a.m.

El Perú es uno de los países más afectados por la pandemia de la COVID-19. Las cifras advierten que hay más de treinta mil (30,000) fallecidos e indudablemente miles de niños y jóvenes quedaron en la orfandad. Ello no será impedimento para que continúen sus estudios en colegios particulares por cuanto es obligación de estas instituciones educativas brindar una beca total a aquel escolar que no está en la condición económica de cubrir pensiones y otros gastos.

Ello está refrendado en el Artículo 54, del Capítulo VI “Del Acceso y Permanencia en la Institución Educativa Privada”, que se enmarca en el Decreto Supremo N° 005-2021-MINEDU a través del cual se aprueba el Reglamento de Instituciones Educativas Privadas de Educación Básica.

LEA TAMBIÉN: Arequipa: 144 concentradores de oxígeno aún no se entregan a establecimientos de salud

Así lo dio a conocer el Gerente Regional de Educación, Dr. Santos Cesario Benavente Veliz, quien puntualizó que la institución educativa privada debe otorgar una beca al estudiante que este en esta situación, siempre y cuando la solicite y acredite carecer de recursos para cubrir los gastos que devengan de este servicio.

Esta no es una nueva norma, muy por el contrario, está contenida en la Ley N° 23585 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo N° 26-83-ED. y data del año 1983.

LEA TAMBIÉN: Piden presupuesto adicional para concluir puente Añashuayco 2

Asimismo, detalló que el incumplimiento del otorgamiento de la beca de estudios bajo las condiciones establecidas en la ley antes citada y su Reglamentación, constituye infracción administrativa pasible de la imposición de una sanción conforme a las reglas establecidas en la presente norma.

Tags Relacionados:

Colegios privados

Arequipa

pandemia

Becas

Facilitarán becas a alumnos de instituciones privadas que perdieron a sus padres por COVID-19

La institución educativa privada debe otorgar una beca al estudiante que este en esta situación, siempre y cuando la solicite y acredite carecer de recursos para cubrir los gastos que devengan de este servicio

Te puede interesar:

Premio Nacional de Minería Escolar: Ganadores obtendrán becas, laptops y premios en efectivo

Crece la extorsión a los colegios privados

Colegios privados están prohibidos de exigir la lista total de útiles escolares el primer día de clases

¿Los colegios privados pueden incrementar las pensiones de los alumnos?

Ver más de Arequipa
Do Not Sell My Info
Privacy Settings