A nivel nacional, mediante la Resolución de Dirección Ejecutiva N° RDE-079-2022-INABIF/DE el Programa Integral Nacional para el Bienestar Familiar (Inabif), del Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) publicó el primer padrón de pago bimestral de beneficiarios de asistencia económica a favor de 5 mil niñas, niños y adolescentes en situación de orfandad, en el marco de lo dispuesto en la Ley N°31405.
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De acuerdo a la normativa, son menores en situación de pobreza o pobreza extrema, cuya madre, padre o ambos han fallecido, para que sean incorporados como nuevos beneficiarios de la Asistencia Económica por Orfandad del Inabif.
Cajamarca registra 991 niñas, niños y adolescentes, seguido por Puno con 818, Lima Metropolitana 817, Huancavelica 402, Lambayeque 228, Piura 206, Callao 178, Ica 137 y Lima provincias 127. Además, Loreto tiene a 120 beneficiarios, Cusco 106, Junín 101, Áncash 99, La Libertad 97, entre otras regiones (anexo detallado se encuentra en la mencionada resolución).
En ese sentido, se les dará una asistencia económica de S/400 bimensuales y acciones de acompañamiento profesional a los menores en situación de orfandad, que les sirva para promover su desarrollo integral. Se conoció, que la composición de la lista por grupos etarios da cuenta que, quienes están entre 12 y 17 años representan el mayor número de beneficiarios con 2,158 registrados, le sigue el grupo de 6 a 11 años con 1,442, luego el de 1 a 5 años con 1,358 y finalmente 42 personas con menos de 1 año.
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Segundo listado
Habrá una segunda lista, para ello se puede enviar solicitudes cumpliendo los requisitos y presentarlo mediante la plataforma virtual facilita (https://facilita.gob.pe/t/717), por correo (orfandaduniversal@inabif.gob.pe) y en forma física (en cualquier dependencia del MIMP).
Debe tener en cuenta que este beneficio aplica a todo niño, niña o adolescente, en situación de orfandad por el fallecimiento del padre, madre o ambos, o de su tutor legal; y que se encuentran en situación de pobreza o pobreza extrema.
¿Qué se requiere? Datos personales del solicitante (persona mayor de edad a cargo del cuidado del menor) que tenga nombres y apellidos, documento de identidad y la dirección y referencia de ubicación, también un correo electrónico y número de teléfono o de celular.
También los datos personales del beneficiario (niña, niño o adolescente en situación de orfandad con los nombres y apellidos, documento de identidad, fecha de nacimiento y el parentesco con la persona solicitante.
Tercero, los datos de la persona fallecida (madre, padre, ambos o tutor legal) que tenga nombres y apellidos, documento de identidad y la fecha de fallecimiento. Ese tipo de documentos deben ser presentados adjuntando una solicitud por cualquiera de los canales mencionados líneas arriba, informó el Inabif.