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Jurado Electoral Especial de Trujillo declara improcedente candidatura al Senado de José Murgia

Ente electoral indica que el postulante aprista “no cumple con el requisito de ser peruano de nacimiento”
Ente electoral indica que el postulante aprista “no cumple con el requisito de ser peruano de nacimiento”.

Alan Benites Guillen

Actualizado el 29/12/2025, 02:51 p.m.

Las candidaturas al Senado del Partido Aprista Peruano (PAP) en La Libertad están en riesgo. El Jurado Electoral Especial (JEE) de Trujillo declaró improcedente la inscripción de José Murgia Zannier y lo dejó, por el momento, fuera de las elecciones generales del 2026. Además, observó la postulación de Olga Cribilleros Shigihara y le dio dos días para subsanar observaciones.

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No va

A través de la Resolución N° 01086-2025-JEE-TRUJ/JNE, publicada el 27 de diciembre, el ente electoral informó que Murgia “no cumple con el requisito de ser peruano de nacimiento”, tal como lo establece el artículo 112 de la Ley Orgánica de Elecciones.

“De la información obrante en el expediente se verifica que el citado candidato nació en el extranjero, específicamente en el Estado Plurinacional de Bolivia, circunstancia que contraviene la exigencia legal para acceder a cargos de elección popular a nivel nacional y no puede ser subsanable”, indicó el JEE.

Fuentes del Apra informaron que apelarán este fallo ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE), que deberá resolver en el transcurso de la próxima semana.

Murgia tiene una larga trayectoria política. Fue cinco veces alcalde de Trujillo (1990-2006), dos veces presidente regional de La Libertad (2006-2014) y ministro de Transportes (1985-1987), durante el primer gobierno de Alan García.

El exsecretario general del Apra Jorge del Castillo cuestionó la resolución del Jurado y aseguró que la misma “hace gala de ignorancia o maliciosa parcialización”. Según dijo, la Ley 32421, en su artículo 7, dice que “son peruanos de nacimiento los hijos de peruanos nacidos en el extranjero y que fueron registrados en el Consulado”.

Asimismo, el Jurado declaró inadmisible la candidatura al Senado de Olga Cribilleros. “No cumple con el requisito de presentación de la declaración jurada de consentimiento, de veracidad del contenido de la hoja de vida y de no tener deuda pendiente por reparación civil”, argumentó. Por ello, le dio dos días para levantar observaciones.

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Jurado Electoral Especial de Trujillo

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