El 19 de junio del 2021, finalizando el interinato del presidente Francisco Sagasti, el Congreso a propuesta del Minedu, aprobó la nueva Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Educación.
El problema es que dicha Ley no se ha reglamentado ni se ha cumplido hasta ahora, pues no hay nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Minedu después de casi cinco años, entre otras razones porque las múltiples propuestas se han quedado a medio camino por la nueva complejidad del Minedu, la incoherencia de la norma y el cambio de gobiernos y ministros.
En el Minedu se sigue gestionando actualmente por un ROF del 2015, aprobado por DS 001-2015-MINEDU, documento que define incoherentemente su estructura orgánica, funciones generales y específicas de sus órganos y unidades. Algo grave: eliminó la Dirección de Tutoría y Orientación Educativa, órgano tan importante para normar, orientar y monitorear el bienestar socioemocional y la disciplina escolar positiva de los alumnos de los colegios.
No corresponde ahora aprobar un nuevo ROF, sino que el próximo Congreso, a propuesta del Minedu del nuevo gobierno electo, expida una nueva Ley de Organización y Funciones del Minedu (LOF). Para el efecto pregunto: ¿es pertinente que haya dos viceministerios: ¿uno de Educación Básica, y otro de Educación Superior? ¿No sería mejor que se mantenga el de la Educación Básica y que el otro sea “el Viceministerio de Educación a lo Largo de la Vida” donde habría, por ejemplo, una potente Dirección General de Educación Superior, así como direcciones de Tutoría y Bienestar Socioemocional, de Desarrollo Docente integral, de Educación Técnico-Productiva, etc.?
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