Viene efectuándose un concurso público nacional a docencia en la UNSAAC, y en torno a ella viene apareciendo cuestionamientos insostenibles al nuevo reglamento que norma el presente concurso, que tiene como novedad el reconocimiento de los méritos del Concursante. En este reglamento, realizado bajo un marco normativo legal nuevo que lo indica así, califica en un 85% los méritos de los concursantes es decir a diplomas de post grados, investigación, diplomados de capacitación, reconocimiento profesional, idiomas, etc. y da 10 puntos a la clase modelo y 5 puntos a la entrevista personal. El Reglamento anterior al que quiere volver el sindicato de docentes liderado por el profesor Víctor Ayma daba 50 puntos a méritos y 50 puntos a la evaluación de capacidad docente, es decir a la sustentación de la clase modelo. Habría que decirlo, bajo este sistema que el Sindicato quiere volver, ocurrieron casos risibles, porque numerosos concursantes con Grados de doctorado, y con amplias acreditaciones ya en las clases modelos, sacaban hasta menos de 5 puntos y contrariamente, otros, sin méritos, sacaban 45 a 50 puntos en la clase modelo, e incluso en condición de inapelables. Actualmente el nuevo Reglamento da reconocimiento a los méritos del postulante y ello nos parece que contrabalancea en algo a veces la condición de inapelable el fallo de la comisión evaluadora de la clase modelo. Tendría que reconocerse el hecho para información del Prof. Ayma que la obtención acreditada de profesionalización a uno no le cae del cielo, sino es fruto de largos estudios de post grado y desempeño profesional en la investigación y ejercicio profesional, por lo que nos parece que el presente Reglamento en algo quiere reconocer y crear un marco de respeto a los postulantes. Y como siempre, los alumnos sin razón valedera, hacen eco nuevamente de los intereses en juego sin tener una posición contribuyente ni esclarecida. Habría que seguir impulsando mas bien que se continué articulando mecanismos objetivos que aseguren las calificaciones adecuadas, por ejemplo, un examen objetivo escrito de conocimientos como condición que avalen las acreditaciones que ostenta el postulante, y la evaluación de capacidad docente que se evalúe por diplomas de cursos de pedagogía por ser de segundo orden y no como ahora se hace, haciendo decisión inapelable para calificar y descalificar a los postulantes que llegan incluso con suficientes méritos.