En medio de la emergencia por los desastres naturales registrados en diversas ciudades de nuestro país, se alertó sobre el aumento de precios en productos de primera necesidad tanto en mercados como en supermercados.
Ante tal situación, la Defensoría del Pueblo envió al Congreso de la República el proyecto de ley que sanciona el acaparamiento y la especulación de bienes y servicios en zonas declaradas en emergencia por desastres.
Dicha propuesta contempla sancionar el acaparamiento y la especulación de bienes o servicios, considerados oficialmente de primera necesidad, “con el propósito de alterar los precios, provocar escasez u obtener lucro indebido en perjuicio de la colectividad”.
Para tal efecto, la iniciativa restituye el artículo 233 del Código Penal que castiga el delito de acaparamiento con pena privativa de la libertad no menor de cuatro años ni mayor de seis años y con 90 a 120 días de multa.
Asimismo, modifica el artículo 234 del Código Penal para sancionar la especulación, con penas privativas de la libertad que van de dos a seis años y con 90 a 365 días de multa.
El proyecto de ley tiene una disposición complementaria final que señala que el Poder Ejecutivo en un plazo de 10 días, contados a partir de la vigencia de la presente norma, deberá determinar la relación oficial de los bienes y servicios de primera necesidad.
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