Desde mañana, 10 de diciembre, los hospedajes y arrendadores deberán registrar de manera obligatoria la estadía que le brinden a los ciudadanos extranjeros a fin de reforzar la seguridad migratoria y el orden interno.
Este registro se realizará a través de en una plataforma virtual gratuita de la Superintendencia Nacional de Migraciones, en cumplimiento del Decreto Supremo N.° 011-2024-IN, que modifica la Ley de Migraciones y su Reglamento.
Consideraciones
Los extranjeros tendrán que presentar su pasaporte vigente, en caso se encuentren como turistas, o su Carné de Extranjería o Carné de Permiso Temporal de Permanencia (CPP) si es que son residentes en el Perú.
Los hospedajes o arrendadores que no soliciten la documentación y no registren la información del extranjero, o no la transmitan a la plataforma de Migraciones, serán sancionados con multas de hasta dos UIT.
Al cumplir con la disposición, tanto los hospedajes como arrendadores podrán mitigar el riesgo de que sus establecimientos puedan ser usados en actividades ilícitas y así, contribuir todos con la seguridad nacional.
Dicha norma busca fomentar una migración segura, ordenada y regular, así como estandarizar que, tanto peruanos como extranjeros cumplan las mismas exigencias para acceder a los referidos servicios.
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