El Tribunal Constitucional anuló el proceso seguido contra el alcalde provincial de Huánuco, Jesús 'Koko' Giles Alipázaga, su teniente alcalde Clever Zevallos Fretel y otros cuatro regidores: Lorenzo Silva, Nilton Llanos, Iván Núñez y Juan Ollague, por el delito de usurpación agravada y otros.
Los magistrados ordenaron que la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia de la República disponga la transferencia de competencia a un Distrito Judicial distinto al de Huánuco donde se encuentre vigente el Nuevo Código Procesal Penal.
Los cuatro magistrados del TC alegan en su resolución “haberse acreditado la vulneración del derecho a ser juzgado por un juez independiente e imparcial” de Giles y compañía.
El presidente del Tribunal Constitucional, Oscar Urviola, y el magistrado Fernando Calle declararon que la demanda de 'Koko' Giles y compañía era improcedente, porque no se ha acreditado la vulneración del derecho a la libertad ni de derechos conexos.
Para poder declarar fundada la demanda de Hábeas Corpus, los magistrados Juan Vergara Gotelli, Carlos Mesía Ramírez, Gerardo Eto Cruz y Ernesto Álvarez Miranda tuvieron que hacer una “deducción” de lo que ésta en realidad decía y pedía y de esa forma obviar el requisito - proclamado en reiterada jurisprudencia del TC - de que la o las resoluciones que se cuestionan tienen que estar firmes en sede judicial.
Aquí el link de la sentencia del Tribunal Constitucional:
https://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2013/00512-2013-HC.pdf