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Congreso oficializa inhabilitación para el ejercicio de la función pública por 10 años contra Delia Espinoza

Según la resolución, la sanción fue impuesta por vulnerar los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución, tras denunciar penalmente a 11 legisladores por la aprobación de la ley que permite la percepción simultánea de remuneración y pensión para integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
  • Dina fracasa en intento de suspender su vacancia
  • Keiko Fujimori: “Culminado el conteo de la ONPE, lo primero que haré es solicitar una audiencia con Julio Velarde”
(Foto: Hugo Pérez @photo.gec)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 23/06/2026, 09:25 a.m.
  • Dina fracasa en intento de suspender su vacancia
  • Keiko Fujimori: “Culminado el conteo de la ONPE, lo primero que haré es solicitar una audiencia con Julio Velarde”

El Congreso de la República dio a conocer la Resolución Legislativa N.° 010-2025-2026-CR, con la que formaliza la sanción impuesta a la exfiscal de la Nación Delia Espinoza. La medida establece su inhabilitación por 10 años para ejercer cargos en la administración pública y lleva las firmas del presidente del Parlamento, Fernando Rospigliosi, y del segundo vicepresidente de la Mesa Directiva, Waldemar Cerrón.

La decisión del Pleno se basa en las conclusiones del informe final de las denuncias constitucionales acumuladas N.° 563 y 618. Según el expediente, Espinoza excedió los límites constitucionales del ejercicio de su cargo al presentar la Denuncia Constitucional N.° 549, en la que atribuyó el presunto delito de negociación incompatible a 11 congresistas. Dicha imputación se sustentaba únicamente en la participación y el voto de los legisladores a favor del Proyecto de Ley 319/2021-CR.

Para el Congreso, la actuación de la exmagistrada habría configurado tres faltas graves. En primer lugar, se vulneró el artículo 45 de la Constitución al emplear sus facultades para cuestionar decisiones adoptadas en el ejercicio regular de la función legislativa. En segundo término, se señala la afectación del artículo 93, al desconocer la inviolabilidad parlamentaria al intentar atribuir responsabilidad penal por el debate y aprobación de una norma. Posteriormente, se infringió los incisos 3 y 5 del artículo 139, al considerar que la denuncia carecía de una motivación suficiente y vulneraba el debido proceso.

Pese a la sanción política aprobada, la resolución del Parlamento establece el archivo definitivo del proceso. El Pleno decidió no acusar a Delia Espinoza por los presuntos delitos de abuso de autoridad y prevaricato, previstos en los artículos 376 y 418 del Código Penal, y la absolvió además de la presunta infracción de los artículos 158 y 159 de la Constitución.

El documento precisa, además, que durante todo el procedimiento se respetaron las garantías procesales. En ese sentido, el Congreso indicó que la exfuncionaria asistió a las audiencias correspondientes, ejerció su derecho de defensa y contó en todo momento con la asistencia de la defensa técnica de su elección.

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Según la resolución, la sanción fue impuesta por vulnerar los artículos 45, 93 y 139 de la Constitución, tras denunciar penalmente a 11 legisladores por la aprobación de la ley que permite la percepción simultánea de remuneración y pensión para integrantes de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.
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