El Poder Judicial declaró infundada la medida cautelar que presentó el rector de la Universidad Enrique Guzmán y Valle y la decana de la Facultad de Administración de la Universidad San Marcos, quienes solicitaron mantener el cronograma electoral y permanecer en el cargo, respectivamente.
“En ambos pedidos, no se aprecia fundamento en lo solicitado”, indicia el documento.
Hugo Velásquez Zavaleta, juez a cargo del Quinto Juzgado Constitucional de la Corte Superior de Lima, declaró infundado el pedido del rector de la Universidad Enrique Guzmán y Valle, Vladimiro Del Castillo Narro, quien requería no modificar su cronograma electoral por considerarlo una injerencia a la autonomía universitaria.
“Sobre lo solicitado por el rector de la Universidad Guzmán y Valle se ha declarado constitucional la ley universitaria por lo que todas las universidades deben cumplir con la ley”, señala.
También fue declarada infundada la medida cautelar solicitada por Elizabeth Canales Aybar, decana de la Facultad de Ciencias Administrativas de la Universidad Mayor de San Marcos, sobre la intervención de la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (Sunedu).
“En el caso de la decana cuestiona el cese del cargo que desempeña, sin embargo la Sunedu no tiene facultad para ello”.
Según indica el documento emitido por el Quinto Juzgado, la primera disposición complementaria transitoria de la Ley 30220 establece la designación de las nuevas autoridades debe realizase antes que concluya el periodo de mandato de las autoridades vigentes.