La Comisión de Constitución y Reglamento aprobó un texto sustitutorio que establece que toda reforma constitucional debe ser aprobada primero por el Congreso antes de ser sometida a un referéndum.
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La iniciativa, denominada “Ley que fortalece el proceso de aprobación de leyes de reforma constitucional regulados en los artículos 40 y 44 de la Ley 26300, Ley de derechos de participación y control ciudadano”, se aprobó con 11 votos a favor, 6 en contra y 1 abstención.
Alcances
La propuesta de la presidenta de la comisión, Patricia Juárez (Fuerza Popular), plantea el cambio en dos artículos.
En el caso del 40, se especifica que no podrán someterse a referéndum las materias y normas que no se tramiten según el procedimiento establecido en el artículo 206 de la Constitución.
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Es decir, que toda reforma deberá ser aprobada por el Congreso con mayoría absoluta del número legal de sus miembros y ratificada mediante referéndum.
Podrá omitirse el referéndum cuando el Congreso obtiene en dos legislaturas ordinarias sucesivas una votación favorable superior a los dos tercios del número legal de congresistas.
Mientras que sobre el artículo 44 se detalla que la autoridad que convoca al referéndum -en caso de una reforma constitucional- es el presidente por disposición del Congreso.
Tras la sesión del grupo, Verónika Mendoza (JPP), señaló que el “dictamen pretende arrebatarle a la ciudadanía su derecho a modificar la Constitución vía referéndum”.