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¿Incurrió Pedro Castillo en una causal de vacancia?

Constitucionalistas coinciden en que el jefe del Estado no puede obligar a un subordinado a actuar en contra de la Ley y las normas
Sintonía Juristas coinciden en que el presidente de la República no puede obligar a otros a ignorar las normas. (Foto: Lino Chipana / GEC)

Damián Retamozo

Actualizado el 10/11/2021, 10:35 a.m.

Las presuntas presiones del presidente Pedro Castillo a comandantes generales de las Fuerzas Armadas (FF.AA.), con el fin de influir en el último proceso de ascensos, han generado una crisis para el Gobierno.

MIRA: Comisión de Defensa citó a Walter Ayala para este viernes 12 por presiones en ascensos de las FF.AA.

Ante esta situación, ¿puede el jefe de Estado haber incurrido en una causal de vacancia? Tres connotados constitucionalistas expusieron sus puntos de vista.

“Yo creo que tenemos perfilado un caso de notoria incapacidad moral para ejercer la presidencia”, opinó al respecto Enrique Ghersi Silva.

En diálogo con Correo, el jurista sostuvo que presionar ilegalmente a los comandantes de las FF.AA., y despedirlos porque no le obedecieron, además de ser un delito de abuso de autoridad es una grave falta ética.

“La vacancia por incapacidad moral supone una permanente falta de actitud ética para ejercer el cargo (...). No puede pretender el presidente, amenazando, además, a los comandantes generales, que ellos actúen en contra de la ley”, añadió Ghersi.

MIRA: Burla: Castillo mantiene a Ayala y deja mal a premier

HECHOS GRAVÍSIMOS

El constitucionalista Natale Amprimo, a su turno, dijo que los hechos que implican al jefe de Estado son gravísimos. “La calificación de si estamos o no ante una causal de vacancia le corresponde al Congreso”, agregó.

Sin embargo, Amprimo enfatizó que no respetar la Carta Magna ni la ley significa que se está al margen de lo que es lo idóneo para quien ejerce la máxima magistratura de la nación.

“De acuerdo con la Constitución, la calificación es de naturaleza política, no jurídica. ¿Y de qué depende que proceda o no proceda la vacancia? De que se tengan los votos o no se tengan. Nada más”, explicó.

JUICIO POLÍTICO

A su turno, el también constitucionalista Aníbal Quiroga manifestó que la concepción de la causal de vacancia presidencial “es abierta” en nuestra Carta Magna.

“Considero que el juicio político es eso: político. Por lo tanto, depende de que en el Congreso hayan los votos necesarios”, refirió.

Recalcó que la decisión de vacar al presidente es política y que se genera en el Parlamento, para lo cual se requiere un número mínimo (87) de votos.

Según Quiroga, lo que hay en este escándalo “es una actuación irregular” del mandatario al castigar a un subordinado (los excomandantes generales del Ejército y la FAP) “por no haber cedido a las presiones para ascensos”. “Eso escapa a sus facultades, porque se convierte en un acto de venganza”, agregó.

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