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Dos informes elaborados por equipos técnicos del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos (Minjus) consideran “viable” la polémica autógrafa de ley que limita los alcances de los delitos seguidos por lesa humanidad y crímenes de guerra.
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Como se sabe, a pesar de los duros cuestionamientos de parte de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte–IDH) contra la iniciativa, el Congreso aprobó en segunda votación la ley que prescribe delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra cometidos antes del 2002.
La autógrafa de ley aprobada por el Parlamento y que está pendiente de ser observada o promulgada por el Poder Ejecutivo dispone: “Nadie será procesado, condenado, ni sancionado por delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra, por hechos cometidos con anterioridad al 1 de julio del 2002″, refiere el texto congresal.
Cabe precisar que el pasado 8 de julio, el Congreso remitió al Ejecutivo dicha autógrafa de ley del dictamen. Si bien el Gobierno refiere que la propuesta será evaluada en Consejo de Ministros para su eventual promulgación u observación, los informes del Ministerio de Justicia la consideraron “viable”.
Los informes del Minjus fueron elaborados por la Dirección General de Asuntos Criminológicos y la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria. De acuerdo al diario El Comercio, dichos documentos están dirigidos al viceministro de Justicia, Juan Alcántara.
El informe legal de la Dirección General de Desarrollo Normativo y Calidad Regulatoria señala que lo planteado en la autógrafa de ley se ampara en la facultad del Congreso para legislar. “Se trata de un ejercicio normativo por parte del legislador democrático por virtud del cual decide la regulación de la imprenoscriptibilidad de los crímenes de guerra y los crímenes de lesa humanidad al amparo de otros bienes de relevancia constitucional como son el principio de irretroactividad de la ley penal y el instituto de la prescripción”, indica el documento.
Se precisa que la propuesta se sostiene en el principio de seguridad jurídica “al dotar de una mayor predictibilidad al juzgamiento y a la determinación de la prescripción de los crímenes de guerra y crímenes de lesa humanidad en nuestro país”.
“En consecuencia, se considera jurídicamente viable, por lo que corresponde a la Presidencia de la República actuar conforme a lo establecido en el artículo 108 de la Constitución”, concluye el informe.
En tanto, el informe técnico de la Dirección General de Asuntos Criminológicos señala que la autógrafa de ley es “viable con observaciones”. Refiere que la autógrafa resulta “conforme a lo desarrollado” por el Tribunal Constitucional, pero observa que “se aplica incorrectamente el principio de irretroactividad penal, ya que no contempla de forma integral las herramientas jurídicas internacionales y la jurisprudencia nacional e internacional” sobre delitos de lesa humanidad y crímenes de guerra.
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