Pedro Castillo es objeto de un proceso que podría concluir, si es que logra los votos necesarios, con su salida del cargo de presidente de la República, luego que se aprobara en una primera instancia un informe que recomienda su inhabilitación por el presunto delito de traición a la patria.
Informe por traición a la patria
El viernes 11 de noviembre, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales aprobó por 11 votos a favor y 10 en contra, con 0 abstenciones, el informe que elaboró Wilson Soto (Acción Popular) y que expuso Diego Bazán (Avanza País) sobre la denuncia por presunta traición a la patria contra Pedro Castillo.
El informe final aprobado propone inhabilitar al jefe de Estado por cinco años para el ejercicio de la función pública y, en segundo lugar, permitir el procesamiento de Castillo Terrones por este caso en el Ministerio Público.
Comisión Permanente evaluará el caso
La subcomisión enviará el informe final aprobado contra Pedro Castillo por traición a la patria a la Comisión Permanente.
Ahí, se someterá nuevamente a debate y votación todos los aspectos que plantea el documento, tanto la inhabilitación planteada por el juicio político, como la posibilidad de que sea procesado por la fiscalía como parte del antejuicio que le corresponde a todo alto funcionario.
En esta etapa, el presidente Pedro Castillo podrá ser convocado nuevamente para que, a través de su defensa legal, pueda plantear sus motivos para desestimar el procedimiento en su contra.
Tras el debate, la Comisión Permanente deberá aprobar, modificar o archivar la denuncia constitucional por mayoría simple. Si es que es aprobada, procede a ser agendada para su evaluación en el pleno del Congreso, labor que recae en la Mesa Directiva.
Pleno del Congreso como última instancia
El pleno del Congreso será el encargado de evaluar en última instancia la denuncia constitucional por traición a la patria contra Pedro Castillo, si es que es aprobada por la Comisión Permanente.
Tal y como está planteado actualmente el informe final aprobado por la subcomisión, se plantean dos acciones concretas contra el jefe de Estado: su inhabilitación para ejercer la función pública por cinco años en primer lugar, y su procesamiento por el delito de traición a la patria en segundo.
Para aprobar la inhabilitación, el Reglamento del Congreso establece que el juicio político requiere ser aprobado con el voto favorable de dos tercios del número de miembros del pleno sin la participación de la Comisión Permanente.
Esto significa que, del total de 130 congresistas que conforman el pleno, no pueden votar los integrantes de la Comisión Permanente (titulares o suplentes que los reemplazaron). Adicionalmente, se debe restar al legislador Freddy Díaz, quien se encuentra suspendido. Los 96 legisladores restantes serán los únicos que podrán votar.
Siguiendo este cálculo, el voto a favor de 64 congresistas equivale a los dos tercios que exige la norma parlamentaria para inhabilitar a Pedro Castillo.
Menos votos para la suspensión
El informe por el caso de traición a la patria contra Pedro Castillo puede llevar a que el presidente sea suspendido del cargo, si es que el pleno del Congreso logra los votos necesarios.
En primer lugar, se debe aprobar la acusación como parte del antejuicio político con una votación favorable de la mitad más uno del número de los miembros del Congreso sin la Comisión Permanente.
Esto significa, si es que se consideran solo 96 congresistas hábiles para votar en el pleno, 49 votos sin considerar a los 33 miembros de la Comisión Permanente.
Paso siguiente, se podrá someter a votación la suspensión del jefe de Estado mientras dure el proceso penal, tal y como ocurrió con los parlamentarios Kenji Fujimori, Guillermo Bocángel y Bienvenido Ramírez en el 2018.
Para aprobar esto, se requiere el mismo número de votos sin la Comisión Permanente, es decir, 49 parlamentarios a favor podrían suspender a Pedro Castillo.