El Poder Judicial negó la demanda de amparo que formuló la jefa de Estado Dina Boluarte para anular la denuncia constitucional que presentó la Fiscalía de la Nación por la muerte de varias personas durante las protestas generadas desde el 7 de diciembre del 2022.
Con ello, el proceso continuará al interior del Congreso.
La decisión fue tomada por el juez constitucional Jonathan Valencia. Él declaró infundado los extremos de la demanda mediante el cual se solicitaba el archivamiento de la investigación por el fallecimiento de cinco personas y las lesiones que sufrió otra adicional a ellos.
La jefa de Estado aseguró que se vulneró todos sus derechos constitucionales y que se desnaturalizó la prerrogativa de inmunidad presidencial. Sin embargo, eso no fue argumento suficiente.
investigación. El magistrado resolvió que en las disposiciones fiscales se puede apreciar que la investigación cumple con todos los estándares y que estas no constituyen a ninguna violación de los derechos que denuncia la presidenta.
De otro lado, el juez constitucional precisó que la jefe de Estado “no está exenta o libre del proceso de investigación. Sin embargo, existe una prerrogativa conforme lo prescribe el artículo 117 de la Constitución que impide acusarlo excepto en determinados supuestos como traición a la patria y otros”.
En otras palabras, que sí se le puede investigar bajo los supuestos de la denuncia, mas no acusarla salvo en los criterios mencionados por la Carta Magna.
“Declarar infundada la demanda interpuesta por Boluarte a la Fiscalía”, reza el documento judicial.
El 27 de noviembre del 2022 la entonces fiscal de la Nación, Patricia Benavides, presentó al Parlamento una denuncia contra Boluarte.
En ella le atribuyó ser responsable de la represión en las protestas en su contra tras asumir la máxima encargatura del Estado en sucesión al vacado Pedro Castillo.