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Retorno a la bicameralidad: Conoce los requisitos para ser diputado

Las reformas constitucionales comprendidas en la ley para el retorno a la bicameralidad entran en vigor a partir de las próximas elecciones generales. Conoce aquí los requisitos para ser diputado
Los candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 20/03/2024, 12:13 p.m.

El Gobierno promulgó este miércoles la ley que reforma la Constitución para restablecer la bicameralidad en Perú, aprobada por el Congreso de la República. Las reformas constitucionales comprendidas en la ley para el retorno a la bicameralidad entran en vigor a partir de las próximas elecciones generales. Conoce aquí los requisitos para ser diputado.

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La nueva ley (31988) establece que el Poder Legislativo estará conformado por el Senado y la Cámara de Diputados.

Según la reforma constitucional, la Cámara de Diputados cuenta con un número mínimo de 130 miembros, elegidos por un período de cinco años mediante un proceso electoral. En la modificatoria del artículo 90 de la Constitución, se precisa que el número de diputados puede ser incrementado mediante ley orgánica en relación con el incremento poblacional.

Los requisitos para ocupar el cargo de diputado son:

  • Ser peruano de nacimiento.
  • Haber cumplido 25 años al momento de la postulación.
  • Gozar del derecho de sufragio.

Los candidatos a la presidencia o vicepresidencias de la República pueden ser simultáneamente candidatos a senador o diputado.

Otra de las reformas contempla que los senadores y diputados pueden ser reelegidos de manera inmediata en el mismo cargo. No obstante, no pueden ser elegidos miembros del Congreso si no han renunciado al cargo 6 meses antes de la elección los siguientes funcionarios:

  • El presidente de la República, los ministros, viceministros de Estado, ni el contralor general.
  • Los miembros del Tribunal Constitucional, de la Junta Nacional de Justicia, del Poder Judicial, del Ministerio Público, del Jurado Nacional de Elecciones, el defensor del pueblo, el jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales ni el jefe del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil.

Como se recuerda, pese a que se rechazó mediante referéndum, el pasado 6 de marzo, el Congreso aprobó en segunda votación el retorno a la bicameralidad con 91 votos a favor. La primera votación se realizó el 16 de noviembre de 2023, con 93 votos a favor.

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