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Sentenciados que no paguen reparación civil no podrán anular sus antecedentes penales

“No puede reinsertarse totalmente sin que antes repare los daños causados a la víctima y la única manera es que cumpla con el pago total de la reparación civil”, explicó el juez Omar Ahomed Chávez, de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Lima
“No puede reinsertarse totalmente sin que antes repare los daños causados a la víctima y la única manera es que cumpla con el pago total de la reparación civil”, explicó el juez Omar Ahomed Chávez, de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Lima. FOTO: PODER JUDICIAL

Redacción Diario Correo

Actualizado el 06/01/2024, 07:30 p.m.

El Poder Judicial indicó que quienes hayan cumplido su condena, pero no paguen la reparación civil, seguirán inhabilitados y no podrán anular sus antecedentes penales en el Registro Nacional de Condenas. Este es el caso de Antauro Humala, quien busca retornar a la vida política con su nuevo partido a pesar de esta condición.

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El juez Omar Ahomed Chávez, de la Cuarta Sala Penal de Apelaciones de Lima, explicó que lo que se busca con esta medida es que el condenado repare el daño causado a la víctima al margen de que haya cumplido con la sentencia impuesta.

“No es que el Estado no quiera que se reinserte (a la sociedad), pero no puede reinsertarse totalmente sin que antes repare los daños causados a la víctima y la única manera es que cumpla con el pago total de la reparación civil impuesta (...) La justicia penal considera que la víctima es una persona importante que merece igual tutela que el procesado”, explicó el magistrado.

Además, se subrayó que el hecho de no saldar la deuda no constituye un delito ni conlleva penas de cárcel. No obstante, la legislatura vigente establece que los exreclusos permanecerán en estado de inhabilitación debido a la persistencia de sus antecedentes penales en los registros.

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