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El Tribunal Constitucional declaró infundadas las demandas de inconstitucionalidad interpuestas contra los artículos 1 y 3 y contra la Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley 31520, presentada por Eliana Revollar, ex Defensora del Pueblo, contra la ley de la contrarreforma universitaria.
De acuerdo con el documento, solicita “exhortar al Poder Legislativo a respetar el principio de progresividad y no regresividad en la inversión pública para la garantía del derecho a la educación, en cuanto al deber de diseñar e implementar mecanismos y herramientas técnicas que incentiven y/o fomenten la mejora de la calidad del servicio educativo y el logro de resultados en el servicio educativo brindado por las universidades públicas”.
De igual forma pide exhortar al Poder Ejecutivo, específicamente al Ministerio de Educación y al Ministerio de Economía y Finanzas para que coordinen, en marco a la Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto Público, la fijación de montos y criterios técnicos, entre otras disposiciones, que sean necesarias en la aplicación de tales mecanismos.
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