El Jurado Electoral Especial (JEE) de Arequipa empezó el proceso sancionador contra los alcaldes Richard Ale Cruz, del distrito Deán Valdivia y la alcaldesa de Mejía, Sandra Rivera, por infringir la norma de publicidad estatal.
La presidenta del JEE, Rita Valencia, informó ayer que, de acuerdo a la Ley Orgánica de Elecciones, a partir de la convocatoria de las elecciones generales, las instituciones estatales están prohibidas de hacer publicidad con el nombre de la institución en medios de comunicación o redes sociales.
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Solo está permitida la publicidad en caso de necesidad impostergable o de utilidad pública, pero siempre que informe días antes al JEE para obtener el permiso o, hasta 7 días hábiles después de la publicación.
Publicidades que publicaron sin hacer la consulta
En el caso de Deán Valdivia, el Jurado observó dos publicaciones hechas a través de la cuenta de Facebook de la Municipalidad, el primero sobre la campaña de beneficios tributarios 2021 y el segundo sobre la feria itinerante.
Respecto al municipio de Mejía, la publicidad sobre amnistía tributaria fue difundida en una emisora local. Valencia precisó que al reportar el contenido de la publicidad que necesitan difundir al Jurado, los fiscalizadores solo hacen una revisión para evitar que haya un favorecimiento a algún partido.
Descargo. El Jurado otorgó 3 días hábiles para que los municipios hagan sus descargos, si los argumentos no son justificados serán amonestados.