Tribunal Constitucional dispone inmediata libertad de Keiko Fujimori
Tribunal Constitucional dispone inmediata libertad de Keiko Fujimori

Después de un debate interno que describió como “amplio, sereno y sin restricciones”, el decidió, por cuatro votos contra tres, la excarcelación de después de un año y 25 días en prisión.

La noticia remeció a todos los sectores políticos del país y generó expresiones de regocijo entre los partidarios y simpatizantes de Fuerza Popular, aunque nadie celebró con más euforia que , esposo de la excandidata presidencial, “residente” desde hace trece días en una carpa en el frontis del penal Anexo de Mujeres de Chorrillos.

"El tribunal no ha absuelto, no ha dicho que la señora Keiko Fujimori es inocente", remarcó una y otra vez el magistrado ponente en el caso del hábeas corpus presentado por la familia Fujimori.

Tanto en la conferencia de prensa como en Canal N por la noche, Blume mostró mucha preocupación por aclarar la naturaleza del fallo.

"El tribunal (Constitucional) no tiene la función de absolver o de condenar. Lo que hace es garantizar que en un proceso se defiendan los derechos fundamentales que tienen las personas".

"En consecuencia, del análisis que hemos realizado de este caso, observamos que ha habido una afectación al derecho de la libertad personal", precisó.

En otros términos, el ítem de afectación del derecho a la libertad personal obtuvo los votos a favor de los magistrados Ernesto Blume Fortini, José Luis Sardón, Augusto Ferrero Costa y Carlos Ramos Núñez.

Votaron en contra Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma y Manuel Miranda Canales.

Blume concluyó: “Dejo aclarado que el TC no ha juzgado el tema de fondo (...) Esa es responsabilidad exclusiva del Poder Judicial, que el TC respeta de manera escrupulosa”.

En tono enérgico, Blume aseguró que la resolución a favor de Fujimori evidencia que el TC no actúa "lavándose las manos y mucho menos actuando en forma pusilánime".

En fuentes cercanas al TC, se comenta que la balanza estuvo inclinada desde el principio a favor de que la lideresa de Fuerza Popular (FP) fuese liberada y afronte en libertad la investigación por presuntos aportes de la empresa Odebrecht a su campaña presidencial del 2011.

Durante el debate interno hubo un empate preliminar de 3-3, vale decir Ernesto Blume, José Luis Sardón y Augusto Ferrero, por un lado. Al frente, se ubicaron, en contra, Eloy Espinosa-Saldaña, Marianella Ledesma y Manuel Miranda Canales. De modo que el voto decisivo fue el de Carlos Ramos.

La decisión del TC, según algunas opiniones, echa por la borda la decisión del juez Richard Concepción Carhuancho y que fue confirmada por la Segunda Sala Penal de Apelaciones. Así como, la última decisión tomada en la Corte Suprema, donde se le rebajó el tiempo de 36 a 18 meses de prisión preventiva.

argumentos. El presidente del TC, Ernesto Blume, dijo en conferencia de prensa que los cuatro votos de los magistrados coincidieron en el derecho a la libertad personal. Sin embargo, refirió que surgieron puntos de vista discrepantes.

Sobre lo último, se trata del pedido que hizo para que la Oficina de Control de la Magistratura (Ocma) investigue al juez de investigación preparatoria Richard Concepción Carhuancho, quien dictó 36 meses de prisión preventiva por el delito de lavado de activos contra la lideresa de FP.

En ese caso, cuatro magistrados optaron porqueno se investigue al juez Concepción Carhuancho, titular del Primer Juzgado de Investigación Preparatoria Nacional de la Sala Penal Nacional.

En otro momento, Blume de manera enfática, sostuvo que el fallo del TC no obedece a presiones políticas. “Las sentencias del TC son ajenas a todo poder político, a todo poder fáctico, pues el TC es autónomo e independiente y es muy consciente del mandato constitucional que le impone el defender los derechos fundamentales y la constitucionalidad (...) La justicia constitucional no se subordina a ningún poder político ni al poder de una burocracia o de algunos funcionarios, ni mucho menos a rumores generados para orientar a la opinión pública”, puntualizó.

Asimismo, Blume indicó que con la decisión adoptada, el TC no absolvió a Keiko Fujimori y tampoco se le condenó porque eso es competencia del PJ.

"Se dice revelando desconocimiento, de cómo, en el proceso constitucional, cómo es posible que a veces el tribunal anula lo que 14 jueces hicieron, como si la justicia fuera una tema de la cantidad y no de la calidad de las resoluciones", enfatizó.

SILENCIO. Más temprano, Keiko Fujimori, se acogió al derecho de guardar silencio y no respondió al interrogatorio del fiscal del Equipo Especial José Domingo Pérez, tras las declaraciones de empresarios que revelaron el aporte a su campaña presidencial en el año 2011.

“La interna Keiko Fujimori se acoge a su derecho a guardar silencio, es parte de su derecho contemplado en el Código Procesal Penal. Se dio por terminada la diligencia y se levantó el acta correspondiente”, señaló Pérez.

Casí en paralelo, Keiko Fujimori se pronunció a través de sus redes sociales. "No existen las garantías mínimas de respeto al debido proceso. No es casualidad que haya programado mi declaración en la semana decisiva que el TC está debatiendo mi libertad. No voy a prestarme al juego perverso de un fiscal que quiere escribir un nuevo capítulo de su serie de abusos y atropellos”, escribió en su cuenta de Facebook y Twitter.