Con el establecimiento de la ordenanza N° 459-MSI, la municipalidad de San Isidro, a través de su subgerencia de Fiscalización, reglamentó las sanciones por contaminación sonora para sus vecinos.
La novedad en esta ordenanza es que, ante la contaminación sonora, la fiscalización no tiene la necesidad de informe previos para ejecutar sanciones administrativas:
La tipificación de las causales de sanción serían las siguientes:
1. En caso los trabajos de acondicionamiento o de refacción en viviendas, comercio u otro uso, se realicen fuera de estos horarios: de lunes a viernes de 07:30 a.m. a 05:00 p.m. y los sábados de 07:30 a.m. a 01:00 p.m.
2. En caso vecinos realicen una denuncias por música en alto volumen, celebración de fiestas privadas, espectáculos en vivo, uso de instrumentos musicales acústicos o electro acústicos, entre otros. Para ello, los ambientes acondicionados dentro de los lugares implementados para eventos sociales, deberán contar con las medidas necesarias de aislamiento y confinamiento acústico, a fin de atenuar la transmisión de ruido a terceros.
3. En caso los vecinos realicen denuncias por el sonido de las mascotas (perros, gatos, u otros), así se encuentren en el interior de las viviendas, o en balcones, zonas comunes, patios, terrazas o similares. Esta multa será aplicada a los propietarios y/o poseedores de las mascotas, quienes deberán adoptar todas las medidas necesarias para lograr que estos no causen molestias a los vecinos por la generación de ruidos.
En este caso particular, fuentes de la municipalidad precisaron a Correo que "la comuna ha dispuesto sancionar a aquellas personas que no tomen las medidas necesarias para evitar los ruidos excesivos de las mascotas en viviendas, causados por encierro, maltrato y estrés del animal".
El representante del municipio manifestó que "entre las principales quejas vecinales presentadas ante la Municipalidad se encuentran las relacionadas en su mayoría al encierro prolongado de canes en espacios reducidos como departamentos, hecho que genera estrés en ellos y motivando, por ejemplo, ladridos permanentes.
En precisión, las multas por los ladridos de los animales serían ejercidas por maltrato animal.
Para la aplicación de las sanciones, trascendió que el municipio evaluará el caso antes de aplicar las multas,que van de 1 UIT ( 4050 soles) hasta 1.5 UIT (al rededor de 6075 soles), esta última en el caso de bulla generada por las alarmas de vehículos, residencias y/o establecimientos públicos o privados, que se activen de manera “ injustificada, involuntaria e innecesaria”.
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