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AFP: ¿Qué pasa con mi fondo de pensiones en caso de fallecimiento?

La líder de sostenibilidad de Prima AFP explica los dos escenarios que pueden aplicarse ante el fallecimiento del afiliado.
¿Qué pasa con el dinero del fondo de pensiones en caso el afiliado fallezca?

Redacción Diario Correo

Actualizado el 01/12/2023, 09:42 p.m.

Claudia Subauste, Líder de Sostenibilidad de Prima AFP y portavoz de ahorrandoafondo.com, una plataforma educativa de Prima AFP, aclara las dudas en torno a la situación de los fondos en el Sistema Privado de Pensiones en caso de fallecimiento de un afiliado.

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Subauste destaca que, en caso de fallecimiento de un afiliado, existen dos posibles escenarios en relación con el destino de su dinero. Los fondos, que son intangibles, se distribuirán de acuerdo con la presencia o ausencia de beneficiarios.

¿Quién recibe el dinero del afiliado en caso de muerte?

En el escenario donde el afiliado cuenta con beneficiarios y tiene la cobertura del seguro de sobrevivencia, su dinero se entregará como pensión mensual a los beneficiarios designados. “Su dinero será entregado como pensión mensual a quienes corresponda: la esposa o concubina, hijos menores de 18 años, hijos mayores de 18 años (declarados inválidos totales y permanentes) e hijos mayores de 18 años que sigan estudios del nivel básico o superior en forma satisfactoria hasta los 28 años como máximo (al momento del fallecimiento deben ser menores de edad)”, explica la experta.

“Asimismo, el dinero también puede ser entregado a padres mayores de 60 años o madres mayores de 55 años, que hubiesen dependido económicamente del afiliado o que sean inválidos totales o parciales”, agregó.

Por otro lado, si el afiliado no tiene beneficiarios designados, el fondo se entregará como herencia a las personas mencionadas en su testamento o declaración de herederos.

“De acuerdo con lo establecido por el Tribunal Constitucional, el derecho a solicitar o reclamar una pensión no prescribe ni caduca, por lo tanto, si nadie se presenta al momento del fallecimiento del afiliado, ello no significa que en forma posterior se puedan presentar beneficiarios o herederos con derecho a pensión o herencia. Por tanto, los fondos quedan en la cuenta del afiliado por si se presentase en algún momento alguna persona con ese derecho”, comenta.


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