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sábado, 3 de junio de 2023
Economía

Clubes de fútbol obligados a colaborar en la lucha contra el lavado de activos

Reportarán operaciones sospechosas

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Iveth Guzmán Castillo

alvi.guzman@diariogestion.com.pe

Actualizado el 08/10/2017 03:51 p. m.

La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF Perú), encargada de recibir, analizar, tratar, evaluar y transmitir información (al Ministerio Público) para la detección de los delitos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo, fue facultada a incorporar como sujetos obligados a los clubes de fútbol profesional y a la Central de Compras Públicas (Perú Compras), los que deberán reportar operaciones sospechosas.

El nuevo reglamento de la Ley 27693, que crea la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (UIF Perú), que publicó el Ejecutivo el viernes último, le dio esa facultad, con la que incorpora a los clubes de fútbol como sujetos obligados, es decir, cada uno deberá nombrar a un oficial de cumplimiento (cuya identidad se mantendrá en reserva), quien deberá informar a la UIF en caso observe alguna operación sospechosa de lavado de activos o de financiamiento del terrorismo en las transacciones financieras que se realizan en la práctica del fútbol profesional. 

LOS QUE ESTÁN

En ese sentido, los que están sujetos a la supervisión de la UIF Perú en materia de prevención del lavado de activos y del financiamiento del terrorismo son los notarios, las cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas para captar ahorros del público (por la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP-SBS), y los negocios de casinos y tragamonedas.

También las agencias de viajes y turismo, los establecimientos de hospedaje, las empresas mineras, los agentes inmobiliarios y los juegos de loterías y similares.Igualmente, las casas de cambio y las empresas constructoras e inmobiliarias.

El nuevo reglamento de la UIF precisa que los notarios, a nivel nacional, mantienen la obligación de comunicar a la UIF Perú, a través de un reporte de operaciones sospechosas (ROS), las operaciones detectadas en el curso de sus actividades, realizadas o que se hayan intentado realizar, que sean consideradas como sospechosas, según lo previsto en el presente reglamento.

Cuando la UIF obtiene información contundente de un caso de lavado de activos, informará al Ministerio Público, que debe completar la información y, tras verificar que existe delito, la pondrá en manos del Poder Judicial.

PODEROSO DELITO

El lavado de activos representa el 4.4% del PBI del Perú, según Sergio Espinosa, superintendente adjunto de la UIF.

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