El redondeo de precios debe ser a favor del consumidor, según Indecopi
El redondeo de precios debe ser a favor del consumidor, según Indecopi

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) informó que los establecimientos comerciales están obligados a realizar el redondeo de precios a favor de los consumidores cuando éstos realizan pagos en efectivo.

"Si paga en efectivo al momento de adquirir algún producto o contratar algún servicio, tenga en cuenta que el proveedor, tienda o supermercado tiene la obligación de entregar su vuelto completo. Si por algún motivo debe redondear el precio, siempre debe hacerlo a favor del consumidor", indicó la entidad.

Explicó como ejemplo, que si un proveedor establece precios con decimales como S/5.99 y el cliente no puede pagar el monto exacto en efectivo o el proveedor tampoco podría contar con monedas de baja denominación de 1 y 5 céntimos por estar fuera de circulación, al momento de efectuar el pago el proveedor debe redondear el precio y cobrar la suma de S/5.90.

"El redondeo solo se aplicará para pagos en efectivo cuando deban dar vuelto. Pero no aplica cuando se paga con tarjeta de crédito o débito, porque a través de este medio el pago es exacto", sostuvo Indecopi .

La institución agregó que los establecimientos tienen la opción de consultar al consumidor si acepta el redondeo elevando el precio al decimal superior, siempre y cuando ese excedente sea destinado a una donación e que el proveedor indique a qué institución beneficiaría.

Si el consumidor siente que transgreden sus derechos ante el redondeo de precios, que solicite el Libro de Reclamaciones o que se comunique con el Servicio de Atención al Ciudadano de Indecopi.

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