A partir del 6 de marzo de 2023 se podrán realizar las declaraciones de Renta correspondientes al 2022 con el formulario N° 709 (personas naturales), el cual sirve declarar rentas de primera categoría (alquileres), rentas de segunda categoría y rentas de trabajo y/o fuente extranjera.
La declaración ya inició desde enero para las empresas con el formulario N° 710, simplificado o completo, y está disponible en Sunat Virtual.
Este impuesto es un tributo que se recauda una vez al año y debe ser pagado de forma obligatoria por el beneficiario de la renta; es decir, la persona que trabaja o el propietario de un negocio.
¿Quiénes deben presentar la Declaración Jurada Anual del Impuesto a la Renta 2022?
Deben presentar la Declaración Anual de Renta 2022:
Personas naturales
- Que han percibido Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y, al mismo tiempo, deduzcan gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.
- Trabajadores que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías y Rentas de Fuente Extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta.
- Que hubieran percibido Rentas de Cuarta y/o Quinta Categorías que atribuyan gastos por arrendamiento a sus cónyuges o concubinos.
- Quienes tengan un saldo a pagar por Rentas de Primera, Segunda y Rentas del Trabajo y/o Rentas de Fuente Extranjera.
- Aquellas que arrastren saldos a favor de ejercicios anteriores y los apliquen contra el impuesto y/o hayan aplicado dichos saldos, de corresponder, contra los pagos a cuenta por Rentas de Cuarta Categoría.
Empresas
- Contribuyentes que hubieran generado rentas o pérdidas de Tercera Categoría del Régimen General o del Régimen Mype Tributario (RMT).
- Personas o entidades generadoras de Rentas de Tercera Categoría que hubieran realizado operaciones gravadas con el Impuesto a las Transacciones Financieras (ITF) por haber efectuado el pago de más del 15% de sus obligaciones sin utilizar dinero en efectivo o medios de pago.
Nuevo punto
- Se ha incorporado en la obligación de presentar la Declaración Anual de Renta 2022 a aquellos contribuyentes del Régimen General que deduzcan los créditos por impuesto abonado por la distribución de dividendos o utilidades.
Cronograma de vencimiento de la Declaración Anual de Renta 2022
Este es el cronograma de vencimiento de la Declaración Anual, de acuerdo con el último dígito del RUC del contribuyente:
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Cabe destacar que los gastos a deducir deben haber sido pagados hasta el 31 de diciembre del 2022. Si se contrató un servicio a fines de diciembre de 2022 y se realizó el pago durante los primeros días de enero del 2023, este pago no será considerado en la declaración de Renta del 2022.