Impuesto Predial subirá 5% en Lima y Callao en 2017
Impuesto Predial subirá 5% en Lima y Callao en 2017

El Gobierno, a través del , dispuso para Lima y Callao un aumento de 3%, en promedio, para los valores oficiales de edificaciones, y de 6% para los valores arancelarios de terrenos, variables que las municipalidades distritales consideran para aplicar sus respectivos impuestos prediales del 2017.

En ese sentido, Víctor Zavala, gerente del Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), estimó que para el próximo año el Impuesto Predial para Lima Metropolitana y el Callao se incrementará en 5%, en promedio, con relación a los valores del 2016.

PAGOS. Recordó que el 30 de octubre último, el referido ministerio publicó en El Peruano las resoluciones ministeriales con las cuales aprobó los valores arancelarios de terrenos urbanos y los valores unitarios oficiales de edificaciones para Lima Metropolitana y el Callao.

Zavala recordó que el Impuesto Predial lo pagan anualmente las personas naturales y jurídicas, dueñas de terrenos, casas, edificios y construcciones en general, a las municipalidades distritales respectivas.

El Impuesto Predial es el aporte de los vecinos a sus municipalidades por el valor de sus propiedades

Precisó que el Impuesto Predial se paga al contado hasta el 28 de febrero del 2017, o en cuatro cuotas trimestrales, con vencimiento en el último día hábil de febrero, mayo, agosto y noviembre del 2017.

EXONERADOS. La CCL señaló que los pensionistas propietarios de un solo predio, a nombre propio o de la sociedad conyugal, que esté destinado a casa habitación y cuyos ingresos (del jubilado) están constituidos únicamente por su pensión que no debe exceder de una UIT (S/3950), tienen derecho a deducir del autoavalúo el monto equivalente a 50 UIT.

Es decir, el pensionista solo debe pagar un Impuesto Predial por el excedente de la 50 UIT.

“Si el autoavalúo de la casa del jubilado es S/230.000, se descontarán S/205.000 (50 UIT de S/4.100). En este caso, el tramo afecto será S/25.000 x 0.2% y el Impuesto Predial anual del jubilado será S/50”, puntualizó Zavala.

Están exonerados del pago de ese impuesto los predios del gobierno, sociedades de beneficencia, entidades religiosas, universidades y centros educativos, Cuerpo General de Bomberos, entre otros.

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