Indecopi verificó que la exigencia de la MML vulnera la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. (Foto: GEC)
Indecopi verificó que la exigencia de la MML vulnera la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones. (Foto: GEC)

El declaró como barrera burocrática ilegal la exigencia de la Municipalidad Metropolitana de Lima (MML) de contar con un estudio de impacto vial para el desarrollo de proyectos de edificación con fines educativos.

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Según Resolución: 0456-2021/SEL-INDECOPI, publicada este miércoles en el Diario Oficial El Peruano, también se declaró ilegal la exigencia de presentar estudios de impacto vial cuando sea requerido por las municipalidades a los proyectos educativos que amplíen sus instalaciones.

Indecopi explicó que el Reglamento Nacional de Edificaciones no establece la presentación de un estudio de impacto vial para las obras educativas.

Asimismo, la entidad verificó que la exigencia de la MML vulnera la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y de Edificaciones, la cual es la única norma que regula los procedimientos administrativos y los requisitos referidos al procedimiento de licencias edificaciones, los cuales son obligatorios a nivel nacional.

Transporte de carga

Indecopi también declaró como barrera burocrática ilegal la prohibición de la Municipalidad de Lima de que vehículos de transporte de carga o mercancías no puedan circular por ciertos tramos de la Panamericana Norte y Panamericana Sur, según Resolución: 0476-2021/SEL-INDECOPI.

La MML exige que los vehículos de categorías N2 (con un peso bruto vehicular mayor a 6.5 toneladas), N3, O3 y O4, según el último dígito de la placa única de rodaje, no circulen por la Av. Mateo Pumacahua hasta la Av. El Derby -en el caso de la Panamericana Sur- y por Av. Universitaria hasta Av. Juan Vicente Nicolini -en el caso de la Panamericana Norte-, entre las 06:30 hasta las 10:00 horas, por carriles no considerados preferenciales.

La institución determinó la municipalidad no es competente para regular la circulación de vehículos de carga en las vías Panamericana Sur y Panamericana Norte puesto que estas pertenecen a la Red Vial Nacional y se encuentran bajo competencia del Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC).

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