El Gobierno dispuso el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083, equivalente a una remuneración mínima vital de S/ 930 soles, a los jubilados de la Oficina de Normalización Previsional (ONP), informó el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).
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El pago de la mencionada retribución extraordinaria se efectuará en enero del 2021, en la misma oportunidad en la que se pagan las pensiones de los pensionistas del Decreto Ley N° 19990 para evitar la generación de un cronograma y de canales alternativos para dicho pago. Con esto, se busca evitar que los jubilados deban hacer colas adicionales a las que normalmente realizan cuando cobran su pensión.
Para efectuar el pago a los jubilados de la ONP, el Gobierno publicó el Decreto de Urgencia N° 137-2020 en el diario oficial El Peruano. La norma autoriza transferencias de las entidades del Gobierno Nacional y gobiernos regionales a favor del MEF para que este financie, entre otras cosas, el pago de la retribución extraordinaria establecida en la Ley N° 31083.
El referido decreto precisa que las entidades del Gobierno Nacional transferirán a la Reserva de Contingencia S/ 647.2 millones y los gobiernos regionales harán lo propio por S/ 71.7 millones, haciendo un total de S/ 718.9 millones.
De este monto, el MEF señaló que se destinarán S/ 527.7 millones para el cumplimiento del pago de la retribución extraordinaria a los pensionistas de la ONP.
Además del pago a los jubilados de la ONP, las transferencias a favor de la Reserva de Contingencia serán destinadas para financiar diversos gastos de rápida ejecución generados por la atención de la emergencia sanitaria por el COVID-19 y la reactivación económica.
Estas transferencias se realizan a favor de los Gobiernos Regionales, así como para los ministerios de Relaciones Exteriores, de Defensa, de Transportes y Comunicaciones y al Poder Judicial.