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Osiptel confirma multa superior a S/ 664,000 contra Entel por contrataciones ambulatorias de servicio móvil

Mediante medida cautelar, la institución había pedido a la empresa el cese de la contratación del servicio público móvil en puntos de venta no reportados.
"La empresa operadora continúa realizando contrataciones en puntos de venta no reportados al Osiptel", dijo el ente regulador. (Foto: Manuel Melgar / Archivo GEC)

Redacción Diario Correo

Actualizado el 12/04/2021, 01:17 p.m.

El Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel) confirmó este lunes la imposición de una multa equivalente a S/ 664,400 contra la operadora Entel tras haberse comprobado que la empresa ofrecía la contratación del servicio público móvil de forma ambulatoria.

Según Resolución de Consejo Directivo Nº 058-2021-CD/OSIPTEL, publicada hoy en el Diario Oficial El Peruano, la multa fue impuesta este año en primera instancia por 151 UIT tras incumplir con lo dispuesto en la medida cautelar dada mediante Resolución N° 042-2020-GSF/OSIPTEL.

Osiptel dijo que corresponde a las empresas operadoras, entre otros aspectos, incluir en el registro de distribuidores autorizados la dirección donde funcionarán los locales y puntos de venta autorizados para la contratación del servicio de telefonía móvil.

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“Lo que la norma persigue es que se trate de un local ubicado en un lugar dotado de una dirección cierta e específica, donde se desarrolle la actividad comercial en forma permanente, no resultando acorde con lo previsto en dicha norma la posibilidad de realizar contrataciones en la vía pública”, refiere la resolución.

“Si bien Entel alega haber realizado diversas acciones para dar cumplimiento a la exigencia impuesta mediante la medida cautelar; no obstante, dicha empresa operadora continúa realizando contrataciones en puntos de venta no reportados al Osiptel”, añade.

La resolución promulgada este lunes agota la vía administrativa, por lo que no procederá ningún recurso adicional bajo dicho canal.

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