El reglamento de la nueva ley de "factoring" o mecanismo de factura negociable que se modificó con el Decreto Legislativo 1282 fue publicado por el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF). Los tres principales cambios que presentados se refieren a las sanciones y la facilitación del cobro. La última vez que se modificó este reglamento fue en el 2015, estas son los tres principales cambios:
1. El cobro. Se facilita el cobro de la factura en la fecha establecida, facilitando su transferencia y negociación. De esta manera, se otorgará más rápidamente el mérito ejecutivo (la cobranza obligatoria) de la Factura Negociable.
2. Sanciones. Se busca disuadir, a través de sanciones, las prácticas que busquen restringir y limitar la transferencia de las facturas. En particular, se determinan los órganos competentes para la fiscalización, se tipifican las infracciones aplicables a cada participante en el descuento de facturas (proveedor, comprador del bien o servicio y titular de la factura) y se establecen los criterios para la graduación y aplicación de las sanciones.
3. Infractores. Se regulará el nuevo Registro Nacional de Infractores, particularmente, se establecen los mecanismos de implementación, la información que debe contener el registro y el plazo de permanencia de los infractores, entre otros.
¿Cómo funciona el "factoring"?
Este mecanismo de financiamiento se orienta fundamentalmente a las mypymes, que suelen venden sus productos o servicios a grandes empresas o entidades estatales, cuya política es pagar en un plazo de 30, 60 y 90 días. A cambio, la entidad financiera se cobra un descuento que varía según el cliente (pagador final), el segmento o el producto.
Las micro, pequeñas y medianas empresas (mypyme) suelen apostar por este intercambio de facturas por cobrar para obtener efectivo. Este capital de trabajo les permite mantener su producción, pagarle a sus acreedores y mejorar sus servicios.