Debido a un fallo judicial, el Ministerio de Energía y Minas (Minem) publicará en los próximos días un Decreto Supremo (DS) para cambiar la declaración del precio del gas natural que emplean las empresas termoeléctricas para producir la energía. En este proceso, ha solicitado información al regulador, Osinergmin y al COES, el operador del sistema.
Según Rolando Salvatierra, socio senior del Área de Electricidad y Derecho Administrativo del Estudio Muñiz, el Comité de Operación Económica del Sistema Eléctrico Interconectado (COES) es un organismo privado, compuesto por todas las empresas del sector, pero de acuerdo con la Ley No. 28832 y su reglamento, tiene una función pública.
“El COES es un organismo privado de interés público. No es estrictamente privado y sus decisiones son obligatorias para todas las empresas que integran el sistema eléctrico. Los procedimientos del COES los aprueba Osinergmin, ese sería el papel de Osinergmin”, indicó.
Explicó que las declaraciones de gas se hacen directamente al COES y sirven para fijar el costo marginal. En función de ese costo, despachan. Las termoeléctricas, normalmente, declaraban cero o un costo bastante bajo, lo cual les permite despachar primero. Consideró que el Decreto Supremo, muy probablemente, delegue la facultad de auditar estas declaraciones al COES, siendo Osinergmin quien lo apruebe.
El impacto de establecer los costos
De acuerdo con Luis Espinoza, profesor de la Maestría en Gestión de la Energía de ESAN, además de los costos variables, existen costos de construcción, fijos o de potencia, que no son auditables porque siempre se pagan. En el caso de los variables y las generadoras térmicas, el COES debe buscar la máxima eficiencia económica del sistema.
“Ahora, el tema del COES va a ser cómo define el costo variable o cómo le da una solución de mercado al costo variable. La mejor regulación es la que hace el mercado, la legislación trata de parecerse a un mercado, pero nunca será un mercado”, indicó.
Para el exministro de Economía, David Tuesta, modificar lo que se estima como costo variable y costo fijo en este caso, va a tener un efecto nocivo en la inversión privada y para la generación térmica, por lo que consideró importante que el Minem haya presentado una acción de amparo.
“No puede acatarse la norma como la está planteando la Corte Suprema. El argumento de la Corte Suprema es errado porque el concepto de eficiencia está muy mal planteado. La sostenibilidad de los costos se ve en todo momento. Esta medida lo que va a hacer es que las termoeléctricas dejen de comprar gas, los costos van a subir y eso se va a trasladar en mayores tarifas”, advirtió.