Como todos los años, mañana se celebra el del Día del Músico; sin embargo, el festejo debe llevar a la reflexión sobre los derechos que poseen y sobre el cumplimiento de estos. En ese sentido, Marco Quispe, presidente del Sindicato de Músicos Compositores y Cantantes del Perú- Arequipa, exhorta a sus colegas a informarse sobre la Ley del Artista Intérprete Ejecutante N°28131 que fue promulgada en 2004.
“En Arequipa hay más de 5 mil artistas, pero registrados en el sindicato solo 150. Generalmente, el artista tiene cierta dejadez por sus derecho porque no los conoce. Por ejemplo, el Fondo de Derecho Social del Artista es mediante el cual los empleadores de los artistas se registran y depositan un porcentaje de los pago para que se le brinde beneficios”, resalta Quispe.
CONSULTAS. Asimismo, al consultar este tema al Ministerio de Trabajo, respondieron que no hay registro de quejas laborales de artistas, debido al desconocimiento tanto del artista como del empleador.
En este contexto, cabe resaltar parte del Artículo 25 de la ley, que indica: “Dentro de la jornada diaria máxima se incluirá también el tiempo destinado a ensayos, caracterización y actividades preparatorias cuando estos sean necesarios para prestar el trabajo. Dicho tiempo asignado será regulado por las disposiciones del Reglamento”, norma que en la mayoría de casos es obviada por el empleador, en el caso de los músicos, debido a la informalidad con que se maneja el contrato de solo fines de semanas por 4 horas cada día.
De igual forma, los beneficios que ofrece esta ley también involucra la Comisión de Fomento de la Artes Escénicas (Fomarte), encargada de organizar el premio Anual el Artista Intérprete y Ejecutante, así como condecoraciones presidenciales a los artistas destacados.

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