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Luego que la oficina de Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec) decidiera apelar el polémico fallo que admite el cambio de sexo en el  de A.A.V.G. (21) de femenino a masculino, el magistrado Yuri Corrales Cuba, del Segundo Juzgado Civil del Módulo de Justicia de Paucarpata, señaló que su sentencia está de acuerdo a ley y que no va en contra de la Constitución.

A través de un comunicado en la página web del Poder Judicial, indicó que en el ordenamiento jurídico, no existe norma legal ni jurisprudencia alguna, que impida aprobar este cambio.

ARGUMENTOS

En dicha publicación, el juez afirma que se amparó en el expediente STC 6040-2015-PA/TC del Tribunal Constitucional, que da facultades a los juzgados civiles, a partir de octubre del 2016, a dar sentencia sobre los derechos fundamentales de identidad y sexo de una persona.

Por lo que estaría normado, no solo el cambio de género en el Documento Nacional de Identidad, sino también en la partida de nacimiento.

Además que la transexualidad ya no debe cosiderarse como una enfermedad o una patología sino como una distorsión de género.

Entre los argumentos requeridos por la parte demandante, se tomó en consideración el cambio de nombre que tuvo en el 2011, además de las múltiples humillaciones que vivió en su niñez y adolescencia al no ser aceptado como ella se consideraba, un varón, por lo que trajo consigo un desorden emocional.

A esto se suma, que por poco fue denunciado por suplantación, cuando realizaba un examen de ingreso a una conocida universidad de Arequipa.

El proceso data desde el 2016 y los primeros días de enero del presente año, se resolvió a favor de A.A.V.G.

Cabe resaltar que aún no se ha precisado si la apelación fue admitida por la Corte Superior de Justicia de Arequipa (CSJA) y por ende tampoco la fecha para la audiencia del mismo.

Apelación. Reniec presentó su apelación el 24 de enero, dos días después que fueran notificados en la ciudad de Lima. 

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