Promuvi de Majes y venta directa de lotes por municipio carece de toda legalidad
Promuvi de Majes y venta directa de lotes por municipio carece de toda legalidad

La Contraloría General de la República (CGR) ratificó que la venta directa de terrenos en el distrito de Majes, provincia Caylloma, a cargo de la comuna distrital, es irregular tal como lo advirtió Diario Correo el 5 de enero último en base al Informe N° 220-2017/SBN-DNR-SDNC de la Superintendencia Nacional de Bienes Estatales (SBN).

Sobre el mismo problema de formalización de predios, Correo también publicó el 29 de octubre de 2017 una nota en la que se advertía que el municipio no solo buscaba la titulación de predios en zonas de alto riesgo y sinestralidad, sino que también se les favorecía con el rebose hídrico desde la Planta de Tratamiento de Agua Potable recién construida.

En ambas oportunidades, el alcalde Elard Hurtado Retamozo, restó toda importancia a las apreciaciones y cuestionamientos, tanto de dirigentes como de la misma entidad supervisora de predios nacionales. “Ese problema con la SBN ya está arreglado, ellos han hecho observaciones, pero ya las hemos levantado, he viajado a Lima y todo está solucionado”, declaró a este matutino en marzo 2018, la autoridad edil.

EL DOCUMENTO

El tiempo y las investigaciones concretadas por la CGR ratifican lo informado por este medio de comunicación, ya que la entidad de control ha emitido el Informe de Acción Simultánea N° 818-2018-CG/GRAR-AS de fecha 11 de setiembre 2018 en el cual los analistas advierten siete tipos de anomalías entre ellas la usurpación de funciones, conflicto de intereses, falta de sustento legal en la conformación del programa municipal de vivienda, lotización de zonas de alto riesgo y beneficio con predios inclusive a los regidores distritales.

PRECIOS. Independientemente del informe de la CGR, esta semana Correo accedió al documento emitido por la comuna de Majes con el nombre de Cédula de Notificación, firmado por el abogado Roberto Chalco Huamaní, en calidad de encargado de la Subgerencia de Formalización y Titulación de Predios, en donde se evidencia la ejecución de cobros a los adjudicatarios de lotes invadidos.

Se trata de una sola hoja simple fechada el 24 de agosto de 2018 con el logotipo del gobierno local en donde se cita el artículo décimo tercero de la Ordenanza Municipal N° 016-2017-MDM, es decir, la norma observada por la SBN, sobre la modalidad de pago aplicada a los supuestos adjudicatarios de terrenos, a quienes se les exige pagar el precio “al contado o a plazos a razón de 20% del precio en dos partes de 10% al momento de la aprobación de la venta y el 10% a los 30 días hábiles posteriores a proceder a la firma del contrato respectivo”.

A decir de tres adjudicatarios que pidieron a Correo guardar su identidad en reserva, se les está exigiendo pagar, pero ellos dudan respecto a la validez de estas ventas directas sin subasta pública, y no dejan de tener razón, habida cuenta del informe de la Contraloría.

Este medio llamó a la Municipalidad de Majes para hablar con Roberto Chalco Huamaní, pero una voz femenina que dijo ser su secretaria, advirtió que estaba en una reunión. Lo propio, llamamos al alcalde distrital, pero su teléfono sonaba como apagado.

MILES DE HECTÁREAS

A diferencia del presunto tráfico de terrenos de la denominada banda de “Traficantes de jardines de Chachani” que involucra a funcionarios de la Municipalidad Provincial de Arequipa, en donde se habría lucrado con 160 hectáreas de terrenos, en el distrito de Majes la extensión materia de esta ordenanza cuestionada, alcanza las 6,250 hectáreas. De acuerdo a la advertencia hecha por la CGR, todo el procedimiento e inclusive los pagos a los que se está obligando a los invasores, devendrían en nulos por su condición de ilegales.

Los siete aspectos observados por la Contraloría son los siguientes:

1.- La Municipalidad emitió la OM N° 016-2017-MDM para formalización y adjudicación de predios, la cual es observada por la SBN lo que generaría el riesgo de ilegalidad de los actos que vienen efectuando en mérito a la aplicación de la misma.

En este punto se cuestiona que la venta directa es inaplicable porque contraviene la Ley Orgánica de Municipalidades y está fuera del programa municipal de vivienda, por lo tanto las entregas de terrenos carecen de validez legal.

2.- La Municipalidad viene realizando un procedimiento de venta directa de predios fuera del programa municipal de vivienda, bajo la figura de formalización y sin contar con tasaciones a los mismos, generando el riesgo de que se transfieran predios a valores no determinados en contra de los intereses de la misma.

Al no existir una tasación oficial previa, resulta imposible efectuar la venta de bienes estatales inmuebles, esto sin considerar que este tipo de transacciones es ilegal porque todo comercialización debe hacer en subasta pública.

3.- La Municipalidad viene realizando procedimientos de formalización de predios dentro del programa municipal de vivienda, sin tener competencia legal para ejercer dicha función, lo que generaría el riesgo de ilegalidad de los actos que viene efectuando.

El procedimiento de formalización se hace al amparo de la Ordenanza Municipal N° 003-2013-MDM, pero la LOM advierte que esta es una función exclusiva de las municipalidades provinciales, y en este caso, la competencia debiera ser de la comuna de Caylloma. Este es el caso del llamado Promuvi Juan Velasco Alvarado.

4.- La normativa que implementa el Promuvi no establece requisitos ni procedimientos para el cumplimiento de otorgar predios a personas de extrema pobreza, generando el riesgo de incumplir la finalidad de un programa contemplado en la LOM.

Al no existir procedimientos para determinar si los beneficiarios son efectivamente pobres extremos, ya que no se ha efectuado o seguido diagnósticos situacionales de la necesidad de vivienda en el distrito, es imposible garantizar que no resulten beneficiadas personas de solvencia económica.

5.- Se ha adjudicado predios a dos regidores del distrito, Manuel Cristóbal Raymundo Longinos y Eleazar Juan Vilca Gutiérrez, y en ambos casos, se ha demostrado que también fueron beneficiados con terrenos distintos. Los dos votaron a favor de sí mismos al aprobar la OM N° 016.

6.- El área de intervención denominada PEU 020 es una zona de alto riesgo, denominada inclusive la ciudad perdida, por la condición frágil de los terrenos. Pese a esa advertencia contenida en informes oficiales de la misma comuna distrital, se insiste en formalizar las ocupaciones ilegales.

7.- Áreas de intervención de la OM N° 016 ubicadas en zonas de muy alto riesgo, las que de ser adjudicadas, devendrían en inaplicables y además pondrían en grave riesgo la seguridad de sus ocupantes.

  • 6,250 hectáreas han sido incluidas en este programa de vivienda que carece de respaldo.
  • 2017 ese año se aprobó la OM 016 y desde entonces se aplicó el proceso de adjudicación y formalización.
  • 7 observaciones deberá responder la Municipalidad Distrital de Majes.

Encargado. Subgerencia de Formalización y Titulación de Predios

La responsable de esta subgerencia es Carmen Rondón, brazo derecho del alcalde Elard Hurtado Retamozo, pero las cédulas de notificación para exigir pagos a los supuestos adjudicatarios de lotes urbanos, están firmadas por el abogado Roberto Chalco Huamaní, en calidad de encargado, a pesar de que la titular del despacho está en funciones.