Autorizan circulación de taxis con más de 15 años de antiguedad
Autorizan circulación de taxis con más de 15 años de antiguedad

En el ámbito de la provincia de Huamanga, se cuenta con una ordenanza municipal, la N° 001-2014-MPH del 4 de febrero del mismo año, donde se reglamenta el servicio de transporte de taxi, estableciendo una serie de requisitos que no se vendría cumpliendo por parte de la gerencia de transportes.

De acuerdo a este documento, la antigüedad máxima de acceso y permanencia de la unidad vehicular será de 15 años, aún repotenciados a partir del 1 de enero del año siguiente de fabricación. Pero para ello, se tiene que tomar en cuenta el cronograma del retiro de los vehículos.

Teniendo en cuenta ello, se tuvo acceso a la solicitud de habilitación vehicular por parte del ciudadano Rubén Antonio Sabroso Loayza del 13 de julio del 2016, la misma que fue aprobada por el propio gerente de transportes Luis Fernando Dávila Rabanal, pese a que el año de fabricación de su vehículo de placa Z2K-602 Toyota Station Wagon es de 1995.

Lo que llama la atención, es que al momento de firmar la solicitud, Dávila Rabanal no tuvo en cuenta las disposiciones complementarias de dicha ordenanza que aclara la situación de los vehículos hasta el 31 de diciembre del 2016, donde solo pueden circular los de fabricación del 2003 y 2004.

Es decir, el reglamento nacional de administración de transporte (DS N° 017-MTC), establece que los vehículos que pueden prestan servicio de taxi hasta el 31 de diciembre del presente año (2016) tienen que ser del año 2003 o 2004, si es antes, debieron haber salido de circulación en diciembre del 2015.

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