El acogerse a la figura de la colaboración eficaz, le ha servido a seis investigados del sonado caso La Centralita, para que el juzgado ordene - de manera definitiva - el archivo de los cargos iniciales que les imputaba el Ministerio Público como integrantes de la supuesta organización que encabezaba el exgobernador regional de Áncash, César Álvarez.
COSA JUZGADA
Hasta el momento de la prisión preventiva (2014) para Álvarez y otras 59 personas, la Fiscalía ya contaba con un cierto número de colaboradores eficaces, sin embargo, conforme fueron pasando los años más investigados optaron por esta figura. Así se infiere de los códigos asignados a estas personas, que tienen el año 2015, 2016 y 2017.Para que se acepte la colaboración eficaz la Fiscalía y el Poder Judicial deben validar los dichos de estas personas con pruebas que ellos puedan aportar y les otorguen la credibilidad correspondiente para que sus testimonios sean actuados en el juicio oral. Al menos eso precisa la norma.
Así las cosas, la titular del Primer Juzgado Nacional de Investigación Preparatoria de la Corte Especializada en delitos de Criminalidad Organizada y Corrupción de Funcionarios, María de los Ángeles Álvarez Camacho, ha emitido la resolución número 100 en la que declara extinta la acción penal en contra de los colaboradores eficaces 04-2016, 2-2017, 7-2015, 7- 2014, 01- 2016 y 6 - 2014.
Según la resolución judicial a la que accedido Correo, la magistrada advierte que estas personas - cuya identidad está en reserva - también forman parte del escrito de acusación que presentó el fiscal Elmer Chirre por “La Centralita”. Sin embargo, al momento de acogerse y aceptarse la colaboración eficaz se aperturaron cuadernos de colaboración eficaz y expedientes que son reservados, en donde ya han respondido por estos cargos.
Aún cuando estas personas han pasado a ser colaboradores del Ministerio Público, se establece una sentencia para ellos, pero no con la misma rigurosidad que se les aplicaría si es que son sometidos a un juicio oral como acusados.
“(...) se advierte que existen sentencias que se han pronunciado en relación a los mismos hechos que vienen siendo procesados en el presente expediente 160- 2014”, se lee en el documento.
Luego, la jueza subraya que siendo así, se debe aplicar el principio de cosa juzgada a favor de ellos, el cual establece que “nadie puede ser perseguido por segunda vez en razón de un hecho punible sobre el cual se falló definitivamente”.
“Ellos ya han quedado fuera del caso, ya tienen una sentencia que han obtenido cuando se han acogido a la colaboración eficaz, por eso el juzgado señala que ya no pueden ser procesados por hechos en los que ya existe un pronunciamiento al respecto”, explicaron fuentes judiciales de Correo vinculadas con el caso.
Las fuentes indican que este mismo criterio se podría aplicar en los próximos días para más personas que se acogieron a la colaboración eficaz y cuyos testimonios sí fueron tomados en cuenta por la Fiscalía en su acusación. Mencionan que debido a que el caso aún se encuentra en la etapa intermedia y aún no ha ingresado a un control de acusación, es el estadío correcto para tomar estas medidas.
“Los colaboradores han ofrecido información de cómo operaba la organización, las funciones que cumplían algunos miembros y más cosas que permiten probar ciertos delitos para la Fiscalía”, menciona la fuente.
PENDIENTE
A principios de octubre del año pasado, la jueza María de los Ángeles Álvarez emitió una resolución en la que aceptó el pedido de archivo total del caso para 16 personas, tal y como lo solicitó el mismo fiscal Elmer Chirre en su requerimiento mixto.Sin embargo, en realidad el Ministerio Público planteó un total 22 solicitudes de archivo definitivo.
No obstante, la magistrada, luego de las audiencias de sobreseimiento, mostró su desacuerdo en apartar del caso a seis investigados y resolvió que una Fiscalía Superior Especializada en Delitos de Corrupción de Funcionarios pueda revisar los actos de investigación que realizó el fiscal Elmer Chirre y confirme si es que comparte el criterio de que estas personas salgan definitivamente de la investigación.
Así las cosas, aún se mantiene en suspenso la situación de Beatriz Baca Azaña, Joel Maximiliano Cortez López, Jorge Chang Soto, José Elmer Arqueros Chávez, Juan Eulogio Cortez Bravo y Rafaela López Pineda. A todos ellos se les imputa el delito de lavado de activos, ya sea como autores, coautores o cómplices; según cada caso.
Desde esa fecha, hasta el momento no se ha podido conocer el pronunciamiento de la Fiscalía Superior. Mientras no se cumpla con esto, no se podrán desarrollar las audiencias de control de la acusación para quienes el Ministerio Público sí ha presentado cargos.