Orden de captura para alcalde Odilón Huanaco y cuatro exfuncionarios
Orden de captura para alcalde Odilón Huanaco y cuatro exfuncionarios

El juez de Juzgado de Investigación Preparatoria de Cotabambas, Ángel Mujica, declaró fundado el requerimiento de 18 meses de prisión preventiva para el alcalde provincial de Cotabambas, Odilón Huanaco.

Similar medida recae en los exfuncionarios Wilfredo Enríquez, Everth Chávez, Danny Rojas y Herbert Sarmiento, todos ellos procesados por los delitos asociación ilícita para delinquir, peculado doloso agravado y falsedad ideológica.

Mujica Quispe tuvo a su cargo la segunda audiencia de requerimiento prisión preventiva, toda vez que el proceso anterior fue anulado por la Sala Penal de Apelaciones de la Corte Superior de Justicia de Apurímac debido a inconsistencias en la resolución firmada por la juez Idania Oroz Vicente.

“Gírese las ordenes de captura de los procesados a la comisaria de Tambobamba, de Challhuahuacho, Haquira, Cotabambas, a nivel regional y nacional, conforme a Ley”, precisa la cuarta cláusula de la Resolución N° 18 emitida la tarde de ayer por el juez Mujica Quispe.

En el documento se precisa que el Ministerio Público solicitó el plazo de 18 meses de prisión preventiva toda vez que se trata de un proceso de naturaleza compleja, previsto en el artículo 272° inciso 2) del Código Procesal Penal.

“Tratándose de procesos complejos, el plazo límite de la prisión preventiva no durará más de dieciocho (18) meses”, señala la norma.

Por su parte la defensa técnica de los imputados –ninguno de ellos estuvo presente en la audiencia realizada el último lunes- cuestionó el plazo de excesivo, entre otros argumentos relacionados a que no existiría la necesidad de argumentar la duración de la medida.

Se conoció que la defensa del alcalde Odilón Huanaco presentará recurso de apelación ante la instancia superior respectiva, decisión que incluso fue considerada en la resolución.

“Se deja a salvo su uso de derecho de defensa de los imputados de poder solicitar cualquier otra medida, con aquellos elementos de convicción que no han sido valorados en la presente resolución”, concluye el documento.

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