Trabajadores de Educación recibieron pago de deuda social sin tener enfermedad terminal
Trabajadores de Educación recibieron pago de deuda social sin tener enfermedad terminal

La Dirección Regional de Educación Cusco (Drec) luego de identificar a 18 fallecidos que el Ministerio de Economía priorizó para el pago de la deuda social, ha detectado que varios trabajadores nombrados de la sede lograron ser incluidos en el listado de beneficiarios que forma parte del Decreto Supremo N° 166-2019-EF, que reconoce a los pensionistas y personal activo que tienen sentencia judicial en calidad de cosa juzgada.

Los trabajadores nombrados y agremiados al Sindicato que actualmente laboran como jefes de unidad, no tienen ninguna enfermedad terminal, sin embargo lograron ser incluidos en el Aplicativo de la Deuda Social que sistematiza la Procuraduría en base a la información enviada por la Unidad de Pensiones de la Drec probablemente el año 2018.

Se trata del actual secretario general del Sindicato de Trabajadores, Manuel Gutiérrez, que cobró la suma de 10 mil soles; la jefa de Pensiones de la Drec, Guillermina Manya, cobró 5 mil soles; Epifanio Balladares, actual jefe Personal, se benefició con 5 mil soles; el jefe de Educación Primaria, Ciro Concha, se hizo abonar la suma de 10 mil soles; Mateo Castillo, servidor nombrado, también cobró 10 mil soles, entre otros servidores de planta que lograron de manera sorprendente ser beneficiarios al igual que los pensionistas.

El director regional de Educación y el administrador dispusieron se investigue de inmediato este hecho, debido a que no se conoce cómo hicieron este grupo reducido de trabajadores nombrados del Sindicato de la Drec, para que la Procuraduría del Gobierno Regional lo incluya en el aplicativo informático de deudas sociales que tomó el Ministerio de Economía y Finanzas para priorizarlos en el referido Decreto Supremo que aprueba el listado.

Como parte de la investigación, el Dr. Hugo Sierra y el administrador Mg. Adolfo Zegarra, solicitaron la intervención inmediata del Órgano de Control Interno para que efectúe la investigación debido a que dichos servidores de planta no tendrían enfermedades terminales ni cumplen con los requisitos respecto de otros pensionistas que tienen más de 80 años de edad y que lastimosamente el MEF no los consideró.

Asimismo, sospechosamente, el área de Informática al efectuar la identificación de los beneficiarios con la base de datos del mes de mayo de la Unidad de Pensiones y Remuneraciones, no identificó a los fallecidos; sin embargo, la Administración efectuando el cruce con el Reniec recién detectó que habían fallecidos en el listado aprobado por el MEF, a quienes no se les pagó debido a que se bloquearon las cuentas corrientes en el Banco de la Nación y se ha dispuesto no girar cheques a ninguno de los fallecidos hasta que concurran los herederos reconocidos por sucesión intestada.

SOBRE EL PROCEDIMIENTO DE PAGO DE LA DEUDA SOCIAL

Según la referida norma, Economía y Finanzas aprobó el anexo N° 4 con los DNIs y montos que le corresponde a cada usuario, en función a la base de datos de la última remuneración o pago de pensión efectuado en el mes de mayo a nivel de todas las Unidades Ejecutoras del sector educación, considerando que dicho Decreto Supremo fue publicado el 29 de mayo del presente año.

A pesar que el Decreto Supremo aprobado por Economía y Finanzas es de obligatorio y estricto cumplimiento sin alterar ni modificar su contenido, la Autoridad Educativa asumió tal medida en forma preventiva y a fin de cautelar los intereses institucionales.

Debido a que el listado de los beneficiarios fue aprobado por Decreto Supremo, no era posible agregar o retirar a los beneficiarios a pesar de las pretensiones existentes por el Area de Tesorería al pretender efectuar un nuevo criterio de priorizando en claro desacato de la norma.

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