Mujer habría acusado falsamente a su expareja, y será investigada por Fiscalía
Mujer habría acusado falsamente a su expareja, y será investigada por Fiscalía

El Ministerio Público de Huancavelica abrirá una investigación con Vanesa Huamán Ramos, quien habría realizado una acusación falsa contra su expareja, Rafael Gómez Baltazar, por el presunto delito contra la vída, el cuerpo y la salud, en la modalidad de lesiones físicas – violencia familiar.

La acusación contra Gómez se basó en los hechos suscitados el 12 de diciembre del año pasado. Eran más de las 18:30 horas cuando Vanesa Huamán, se encontró con su presunto agresor, por inmediaciones de la comunidad de San Jerónimo (barrio de Yananaco). Fue allí donde recibió la agresión física de un golpe en la pierna derecha. Motivo por el cual acusó a Gómez como autor de la agresión.

Dicho hematoma en la pierna fue corroborado a través de un certificado médico legal.

No obstante, durante el proceso judicial, Nancy Huamán (hermana de la presunta víctima) informó que Gómez no agredió a Vanesa.

Nancy explicó que el día de los hechos, ella citó a a su hermana y a su expareja para que hablen sobre la venta de un camión (estaba a nombre de los exconvivientes). Fue durante esa reunión que Vanesa agredió a Nancy y Rafael, quien solo atinó a recibir la agresión. Mas fue Nancy quien en su defensa pateó a su hermana, lo cual causó el hematoma en la pierna de la agraviada.

Es por ello que, tras evaluar los hechos, el juez Hernán Pozo Chávez decidió absolver a Gómez de los cargos imputados. Asimismo, el magistrado dispuso que se anulen los posibles antecedentes que se hayan generado a raíz de este proceso judicial.

Por otro lado, el juez también dispuso que la Fiscalía proceda conforme a sus atribuciones contra Vanesa acorde a lo establecido en el artículo 402 del Código Penal, el cual plasma que: “El que denuncia a la autoridad un hecho punible, a sabiendas que no se ha cometido, o el que simula pruebas o indicios de su comisión que puedan servir de motivo para un proceso penal o el que falsamente se atribuye delito no cometido o que ha sido cometido por otro, será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de tres años”.