Chanchamayo (distrito), Pichanaqui, Tunan Marca, Río Negro y Huasahuasi son los distritos de la región Junín que han sido declarados en emergencia debido a las intensas lluvias que afectan a las 9 provincias. El Decreto Supremo 020-2024-PCM, publicado en la edición extraordinaria del Boletín de Normas Legales del Diario Oficial El Peruano, detalla que la emergencia es por 60 días calendario, en 100 distritos de 17 departamentos por el impacto de daños a consecuencia de intensas lluvias, para la ejecución de medidas y acciones de excepción, inmediatas y necesarias, de respuesta y rehabilitación que correspondan.

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Además están en la misma declaratoria María Parado de Bellido, Quinua, Huamanguilla, Santillana, Ninabamba, Leoncio Prado, San Pedro, Puyusca Upahuacho, Paico, Santiago de Paucaray, Canaria, Vilcanchos, Concepción y Saurama (Ayacucho); Secclla, Cocas, Huachos, Tantara, Cosme, El Carmen, Anco, Mariscal Cáceres, Moya, Huaytará, Laramarca, Ocoyo, Pilpichaca, Querco, San Antonio de Cusicancha, Santiago de Quirahuara, Santo Domingo de Capillas, Acostambo, Quichuas, Quishuar y Salcabamba (Huancavelica);  Tantamayo, Daniel Alomía Robles, José Crespo y Castillo, Santa Rosa de Alto y Yanajanca (Huánuco) y Puerto Bermúdez y Vicco (Pasco).

Los gobiernos regionales así como los municipios comprendidos en estos lugares se encargarán de ejecutar las medidas y acciones de excepción. Contarán con la coordinación técnica, el seguimiento del Instituto Nacional de Defensa Civil (Indeci) y la participación de los ministerios de Salud; de Vivienda, Construcción y Saneamiento; de Educación; de Transportes y Comunicaciones; de Desarrollo Agrario y Riego; de Energía y Minas; de la Mujer y Poblaciones Vulnerables; de Desarrollo e Inclusión Social; del Interior; de Defensa, e instituciones involucradas.

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Las acciones de respuesta y rehabilitación deberán tener nexo directo de causalidad entre las intervenciones y el evento, y podrán ser modificadas de acuerdo a las necesidades y elementos de seguridad que se vayan presentando durante su ejecución, sustentadas en los estudios técnicos de las entidades competentes.

La implementación de estas se financiará con cargo al presupuesto institucional de los pliegos involucrados, sin demandar recursos adicionales al tesoro público.