La Corte Superior de Justicia de Lima “dispone al Jurado Nacional de Elecciones cumplir admitir la inscripción temporal” de Gide Falcón Sánchez como candidato a alcaldía de Municipalidad Provincial de Lauricocha, Huánuco, por el partido Alianza Para el Progreso (APP).
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JUZGADO. Mediante Resolución N° 01 emitida el 14 de setiembre del 2022 el Sexto Juzgado Constitucional Alzamora de cercado de Lima declaró fundada la medida cautelar presentada por Falcón Sánchez.
“Otorgar la medida cautelar disponiendo la suspensión de la resolución N° 27752022-JNE del 16 de agosto del 2022 dictado por el pleno del JNE y de la resolución N° 00246-2022-JEE-YWCA/ JNE el 21 de julio del 2022″, indica el documento.
La responsable del Juzgado es la juez Rabines Briceño, Rocío del Pilar y especialista legal Isabel Sabina López, García Zamora.
Cabe indica que Gide Falcón fue excluido de la contienda electoral en doble instancia del organismo electoral por no haber consignado en su hoja de vida de tener una empresa a su nombre.
El 15 de julio de 2022, el ciudadano Mario Cabello Trujillo, presentó ante el JEE un escrito de tacha en contra del candidato, alegando que no registró en el rubro VIII de su Declaración Jurada de Hoja de Vida que es titular de acciones y participaciones en las empresas Huánuco Chicken S. R. L. y Falcón Perú G & F S. R. L., inscritas en las partidas N.° 11109115 y N.° 11146898, respectivamente, de la Oficina Registral de Huánuco – Sunarp; por ende, aseveró que el candidato ha omitido y declarado información falsa en su hoja de vida. “Agradecer a Dios y la confianza de cada uno de ustedes porque la confianza no se compra, debo agradecer su lealtad a mi persona y al equipo político. Al pueblo nunca se miente(...) “, indicó Falcón Sánchez.