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Colegio Regional De Obstetras V-Ica señala que cátedra de parto es exclusivo de profesionales de obstetricia

En universidad privada, docentes usan simuladores y orientan a los alumnos en la atención del parto, una función que no corresponde a su perfil profesional

Redacción Diario Correo

Actualizado el 28/10/2024, 10:25 a.m.

El Colegio Regional De Obstetras V-Ica, emitió un pronunciamiento, donde se indica que la Universidad San Juan Bautista de Ica, a través de su plana docente de Enfermería, estaría sorprendiendo a los postulantes, ofertando la carrera de enfermería con competencias en atención de parto, que debe ser realizado exclusivamente por los profesionales de la obstetricia.

Profesionales obstetras

“En todas las universidades del territorio peruano, la cátedra de la atención de parto es impartida exclusivamente por los y las obstetras, quienes son los profesionales especializados en la salud sexual y reproductiva de bajo riesgo. Los obstetras cursan entre 5 y 6 años de formación académica en esta disciplina y cuentan con segundas especialidades, además de la experiencia en el campo clínico que lo faculta su perfil profesional”, se lee en el pronunciamiento oficial.

Señalan que, mediante el uso de simuladores, docentes de enfermería de la UPSJ orientan a los alumnos en la atención del parto, una función que no corresponde a su perfil profesional, ya que los profesionales en enfermería no están facultados para actuar en este campo clínico.

“Hacemos un llamado a la ciudadanía para que no se dejen engañar por esta situación, los obstetras y los ginecólogos son los únicos profesionales capacitados para impartir cátedras sobre el campo de la salud sexual y reproductiva” se añade y exigen respeto a la profesión de la obstetricia, a la salud y la vida de las mujeres en el ámbito de su sexualidad y reproducción. El documento digital es firmado por la decana del Colegio Regional De Obstetras V-Ica, Julia García Gutiérrez.

Las competencias Obstétricas según Ley N°21210 modificado por Ley N°28686, Ley N°27853 (Ley de Trabajo del Obstetra), Ley Médica N°23346 (Ley que reconoce como profesión médica a la Obstetricia), todas ellas emanadas del Congreso de La República.

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