En enero de este año los jueces del Juzgado Penal Colegiado Supraprovincial Zona Norte de Chincha impusieron 10 años de cárcel para dos sujetos por el robo de un celular.
Este mismo Juzgado nueve meses después sentenció a Lirs Abregu Anampa, acusado de homicidio calificado en grado de tentativa en agravio del abogado Óscar Solari Oliva, a cinco años de prisión. Para la familia del agraviado este fallo no solo es “contradictorio”, sino que además agrava la salud emocional de la víctima.
Luis Solari, vocero de la familia del letrado, señala que Abregu Anampa, “es una persona que nunca ha cooperado con la justicia”. Recuerda que el 7 de julio del año 2013, cuando el acusado dispara en el interior de la discoteca Arcadia a Óscar Solari, este último es evacuado de emergencia al hospital de EsSalud y luego derivado a Lima, debido a la gravedad de las lesiones. En este lapso, el atacante escapa del país y se refugia en Panamá.
Fuga del país
Detalla que Lirs huyó sin presentarse en la comisaría, sin pasar dosaje etílico, ni participar de ninguna diligencia y que aprovechando el poder económico enrumbo de Centroamérica hacia Estados Unidos. En setiembre del 2016 tras haber sido capturado y extraditado por la INTERPOL Washington, es recluido en el Penal de Chincha. Meses después el procesado es puesto en libertad y vuelve a escapar, siendo recapturado por la policía en mayo del 2019.
En la víspera los integrantes del Colegiado Supraprovincial: Miguel Morán Ruiz y Luis Aparcana Hidalgo, resolvieron sancionar como autor a Lirs Abregu por el delito de Homicidio Simple en grado de tentativa y no Homicidio Calificado, como había considerado el Ministerio Público. Al darse esta desvinculación la pena que se impone es de cinco años de prisión efectiva. Con el tiempo que el procesado ha pasado en la cárcel estaría libre en menos de tres años. Hecho que para la familia es “indignante”.
Otro elemento que se cuestiona del fallo es la decisión adoptada por el tercer miembro del Colegiado. Se trata de Raúl Muñoz Huamani, quien absolvió a Lirs Abregu Anampa por el delito de Homicidio Simple en grado de tentativa. El juez en su segunda disposición señala “la inmediata libertad del acusado”.
“Por una parte tenemos a dos jueces que juzgan por Homicidio Simple y por el otro tenemos a un juez que absuelve. Si a sujetos que roban un celular dictan 10 años de cárcel, como a alguien que utiliza un arma de fuego, realiza disparos a matar, solo sancionan con cinco años. ¿Ante qué clase de justicia estamos?. Esta disposición solo favorece al acusado y para la víctima que lleva siete años postrado en cama, ¿Cuándo va tener justicia?”, cuestiona Luis Solari.
La familia apeló la decisión del Colegiado. El Ministerio Público, que había requerido 25 años de cárcel para Lirs Abregú, también presentó su apelación. “Solicitó a ustedes señores jueces, se sirvan conceder la apelación y elevar los actuados, a fin de que la superioridad proceda a declarar nula en su totalidad la sentencia”, señala el escrito firmado por el fiscal provincial Wilgen Vidal Sotomayor.