​La Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales deja sin efecto acta de entrega de terreno a favor de Cañete
​La Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales deja sin efecto acta de entrega de terreno a favor de Cañete

La Superintendencia Nacional de Bienes Nacionales (SBN), a través de la Resolución N° 0616-2020/SBN-DGPE-SDDI, dejó sin efecto el acta de entrega provisional de cerca de 300 hectáreas que fueron cedidas a Cañete, pese a encontrarse en territorio que está pendiente de delimitación entre la región Ica y Lima. Tras este falló se mantiene sin soberanía el área que también es demandada por la provincia de Chincha.

Como se recuerda el 12 de mayo de este año, la SBN realizó la entrega del predio U.C. 90395, el cual se encuentra ubicado a la altura del km 153.5 de la carretera Panamericana Sur. Este acto se dio luego de que las autoridades de la provincia vecina solicitaran el terreno para ser utilizado como cementerio de las víctimas del COVID – 19 y para el arrojo de “los residuos sólidos de los hospitales, agentes contaminantes y de carácter peligroso para la población”.

Rechazo a pedido de abogado

Luego de este proceso, el abogado chinchano Lauro Muñoz Garay presentó una solicitud de nulidad del acta provisional. Observó que el área no podía ser cedida a los cañetanos debido al conflicto limítrofe existente. Además, cuestionó que los profesionales que firmaron el acta no tenían “la representación legal de la autoridad de la Superintendencia para haber tomado esa decisión y para haber intervenido en la diligencia” de entrega de terreno.

El Gobierno Regional de Ica también rechazó la disposición de Bienes Estatales y se organizó una comitiva en la que se verificó el botadero y las inhumaciones que se habían efectuado en este terreno. Por su parte, la ciudadana Esther Saavedra Tintaya solicitó la paralización de la entrega provisional en favor de Cañete, argumentando que “en el área en cuestión viven numerosas familias”.

Asimismo, la Secretaría de Demarcación y Organización Territorial de la Presidencia de Consejo de Ministros precisó que “el límite entre las provincias de Cañete y Chincha no se encuentra definido por lo que no es posible determinar la ubicación o jurisdicción en la que se encuentra el predio”. Teniendo en consideración esta información se declaró improcedente la solicitud de transferencia interestatal presentado por Cañete y se dejó sin efecto el acta provisional.

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