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Nasca: cárcel contra hombre que le dio palmazo en el glúteo a terramoza durante viaje interprovincial

Trabajadora se acercó para retirar mantas de abrigo y sujeto la agredió

Redacción Diario Correo

Actualizado el 06/06/2026, 02:00 p.m.

La Fiscalía Superior Mixta Descentralizada de Nasca logró que se confirme la sentencia de 3 años, 10 meses y 15 días de pena privativa de libertad contra Alex Efraín Valdivia Yucra, hallado culpable del delito de tocamientos, actos de connotación sexual o actos libidinosos sin consentimiento en agravio de una trabajadora de una empresa de transporte interprovincial.

Sentencia ratificada

La fiscal superior Mithsy Corrales Carpio informó que la confirmación de la condena representa un avance en la protección de los derechos de las víctimas de violencia sexual. Durante la audiencia de apelación, el fiscal adjunto superior Allen Mario Ontaneda Vallejos expuso los fundamentos jurídicos que permitieron ratificar la sentencia impuesta al acusado.

La investigación inicial estuvo a cargo de la fiscal provincial Evelyn Humaní Bautista, quien reunió los elementos de convicción que acreditaron la responsabilidad penal del sentenciado. Las pruebas recabadas durante el proceso permitieron sustentar la acusación y obtener una condena en primera instancia que posteriormente fue confirmada por la sala superior.

Los hechos ocurrieron el 20 de febrero de 2020 cuando la agraviada laboraba como terramoza en un bus de transporte interprovincial que cubría la ruta Arequipa–Lima. Según la investigación fiscal, la trabajadora cumplía funciones de atención a los pasajeros durante el trayecto cuando se produjo la agresión.

De acuerdo con el expediente judicial, la víctima se acercó al asiento del acusado para retirar mantas de abrigo de un compartimiento superior. Mientras realizaba esa labor y se encontraba de espaldas, Alex Efraín Valdivia Yucra le propinó un palmazo en el glúteo derecho, acto que fue calificado como una conducta de connotación sexual realizada sin consentimiento.

La trabajadora reaccionó de inmediato increpando al agresor por su comportamiento. Sin embargo, decidió no responder físicamente debido a que junto al acusado se encontraba su hijo menor de edad, circunstancia que fue considerada dentro de la investigación desarrollada por el Ministerio Público.

Tras el incidente, la agraviada regresó a su asiento visiblemente afectada emocionalmente por lo ocurrido. Con la confirmación de la sentencia, la Fiscalía Superior de Nasca destacó que se reafirma la sanción penal contra conductas que vulneran la libertad e indemnidad sexual de las personas, especialmente en espacios de servicio público donde las víctimas se encuentran desempeñando funciones laborales.

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