La Primera Sala Penal de Apelaciones y de Flagrancia de la Corte Superior de Justicia de Ica confirmó la sentencia condenatoria impuesta a Ofelia Petronila Ccallalli Ventura por el delito de abandono y actos de crueldad contra animales domésticos, previsto y sancionado en el primer párrafo del artículo 206-A del Código Penal. La decisión fue adoptada al declarar infundado el recurso de apelación interpuesto por la defensa y ratificar íntegramente la sentencia emitida en primera instancia.
Delito de abandono
La investigación se inició a partir de una denuncia ciudadana que alertó sobre el presunto maltrato de un perro de raza pitbull, el cual permanecía en un inmueble de la ciudad de Ica en condiciones incompatibles con su bienestar. Durante las diligencias, la autoridad policial constató que el animal presentaba lesiones visibles y permanecía en un ambiente insalubre, hechos que motivaron el inicio del proceso penal por el delito de abandono y actos de crueldad contra animales domésticos.
El colegiado, integrado por los jueces superiores Rafael Salazar Peñaloza, presidente de la Sala; Brenda Miriam Mesías Gandarillas, jueza superior ponente; y Orlando Carbajal Rivas, concluyó que la sentencia apelada se sustentó en una adecuada valoración de las pruebas actuadas durante el proceso. Asimismo, determinó que los argumentos expuestos por la defensa no lograron desvirtuar la responsabilidad penal de la sentenciada.
Durante el análisis del caso, la Sala Superior estableció que la constatación policial, el registro fotográfico y la documentación veterinaria acreditaron que el animal presentaba lesiones visibles y permanecía en condiciones insalubres, sin recibir los cuidados mínimos indispensables para garantizar su bienestar. En ese sentido, concluyó que el acervo probatorio incorporado y actuado durante el juicio oral respaldaba plenamente la decisión emitida por el juzgado de primera instancia, por lo que correspondía confirmar la condena.
En consecuencia, el colegiado ratificó la pena de un año de privación de libertad, suspendida en su ejecución por el período de prueba de un año, así como el pago de S/ 600,00 por concepto de reparación civil.
“Este pronunciamiento reafirma la importancia de la protección jurídica de los animales domésticos, cuya integridad y bienestar se encuentran amparados por el ordenamiento jurídico peruano. Asimismo, pone de relieve el compromiso del Poder Judicial con una administración de justicia sustentada en la correcta aplicación de la ley, la valoración objetiva de las pruebas y el respeto irrestricto de las garantías del debido proceso”, señaló la institución judicial.
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Veterinaria acreditó que el animal presentaba lesiones visibles