De acuerdo con los establecido en el propio estatuto del partido Alianza para el Progreso (APP), el aspirante a la alcaldía provincial de Trujillo, Daniel Marcelo, no podría ser candidato, pues debería estar inhabilitado para ocupar algún cargo político dentro del partido y no podría postular para estas elecciones.
Sin embargo, según Marcelo, dicho estatuto será modificado en los próximos días, pues se tiene que respetar la nueva Ley Orgánica de Elecciones.
Estatuto. Cabe indicar que en el artículo 92, inciso 2 del referido estatuto de APP, todo militante que esté “procesado por delito doloso” o con “sentencia condenatoria en primera instancia” será “inhabilitado” de sus derechos partidarios y “no participará” como candidato en los procesos electorales.
Ante ello, Daniel Marcelo manifestó que la nueva Ley Orgánica de Elecciones establece que no pueden postular a cargos públicos las personas con “sentencia consentida y ejecutoriada”, y por tanto APP debe regirse a ella y modificar sus estatutos que fueron aprobados antes de la ley.
“La ley está por encima de un estatuto. La ley dice que tiene que ser con una sentencia consentida. Lo que está haciendo el responsable regional Manuel Llempén es presentar un escrito al personero legal de APP (José Luis Echevarría) para que pueda corregir ese artículo”, precisó.
Apoyo. En tanto, el consejero Dante Chávez, quien no descarta la posibilidad de ser también candidato provincial, precisó que dicho estatuto de su partido tiene que ser modificado.
“El estatuto fue modificado a fin de año, pero en enero de este el Congreso aprobó una ley donde establece que no pueden postular quienes tienen sentencias por dolo o narcotráfico. También se modifica la Ley Orgánica de Elecciones, que señala que tiene que haber sentencias ‘consentidas’, que no es el caso de Daniel Marcelo”, dijo.
Cabe indicar que Marcelo tiene una sentencia en primera instancia.