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Llevarán al depósito municipal vehículos menores que ingresen a Trujillo

Mototaxis, motocars y trimotos están prohibidas de circular, excepto las que cargan mercancías, pero sin pasajeros
Mototaxis, motocars y trimotos están prohibidas de circular, excepto las que cargan mercancías, pero sin pasajeros.

Redacción Diario Correo

Actualizado el 15/01/2025, 08:35 a.m.

Los inspectores de transportes y la policía de tránsito redoblarán el control de las unidades menores que ingresen al distrito de Trujillo, donde tienen prohibido circular. Los infractores serán sancionados y los vehículos conducidos al depósito municipal, dijo Carlos Cipriano, gerente de Transportes, Tránsito y Seguridad Vial de la Municipalidad Provincial de Trujillo (MPT).

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El control será más severo en toda el perímetro interno de avenida América al centro histórico, de acuerdo a la Ordenanza Municipal Nº 010-2019-MPT, que establece las prohibiciones y sanciones por el uso y conducción de mototaxis, motocars y/o trimotos para el trasporte de pasajeros en el distrito de Trujillo y es de obligatorio cumplimiento.

La ordenanza precisa que queda prohibido el ingreso, circulación y estacionamiento de mototaxis y/o trimotos de transporte de pasajero en el distrito de Trujillo; y prohíbe el ingreso, circulación y estacionamiento de trimotos de carga de mercancías que lleven pasajeros distintos al conductor o que hayan sido modificados con la finalidad de transportar pasajeros en el distrito de Trujillo.

Solo está permitido el ingreso, circulación y estacionamiento de trimotos en el distrito de Trujillo, cuya configuración, estructura y funcionalidad estén exclusivamente vinculadas al transporte de cargas o mercancías.

Las sanciones establecidas para los infractores son, entre otras: la MT-1, con el 5% de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) por ingresar, circular y/o estacionar mototaxis y/o trimotos de transporte de pasajeros en el distrito de Trujillo, teniendo como medida preventiva el internamiento del vehículo en el depósito municipal y estableciendo responsabilidad solidaria para el conductor y/o propietario. En caso de ser reincidente la sanción será del 10% de la UIT.

La MT-2 establece sanción por ingresar, circular y/o estacionar trimotos de cargas o mercancías que lleven pasajeros distintos al conductor o que hayan sido modificados con la finalidad de transportar pasajeros en el distrito de Trujillo.

Esta infracción, también calificada como grave, establece una sanción del 5% de la UIT, con responsabilidad solidaria para el propietario y conductor e internamiento del vehículo al depósito. En caso de reincidencia la sanción será del 10% de la UIT.

Con Decreto de Alcaldía N° 004-2018-MPT se había declarado como vía saturada la red vial metropolitana de Trujillo, por lo que el ingreso al distrito de Trujillo de vehículos menores como mototaxis, motocar y similares solo contribuiría a generar un mayor congestionamiento en el tránsito, y peligro para los ciudadanos, tanto de su integridad física como de su vida, por el mayor riesgo de accidentes de tránsito.

La Ley N 27189 establece que el transporte público en mototaxis es complementario y auxiliar; en tal sentido debe tenerse en cuenta el carácter no principal de dicho servicio, sustentándose tal determinación a las propias características técnicas del vehículo menor en la que mediad que, a diferencia de otros vehículos automotores, este cuenta con una menor protección frente a cualquier accidente.

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